Cambios en el carnet de conducir: ¿te afectan?

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Publicado el 30/04/2025

Cambios en el carnet de conducir: ¿te afectan?

Los cambios en el carnet de conducir afectan tanto a su obtención como a su renovación. Algunas ya se han implementado y otras lo harán a lo largo del año 2025, aplicando lo previsto en el Plan de Actuación 2024-2025 de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Estas novedades significativas van enfocadas a mejorar la seguridad vial y a verificar que los conductores, independientemente de su edad, se encuentran en condiciones físicas y mentales favorables para conducir.

Dado que antes o después los cambios en el carnet de conducir van a afectarte, hemos pensado que puede interesarte que los describamos en este artículo.

Cambios en el carnet de conducir clase A

Los primeros afectados por los cambios en el carnet de conducir son las personas que desean obtener el permiso A, es decir, el carné de moto.

Como punto de partida, el conductor que lo solicite debe tener más de 20 años de edad y contar con el permiso A2 (permite conducir motos eléctricas de 0,2 kW/kg con un máximo de 35 kW de potencia) desde hace al menos 2 años.

Tal y como recoge la nueva Orden INT/210/2025, la formación para el carné de clase A va a sufrir algunos cambios a partir del 1 de julio de 2025. A continuación te detallamos las principales novedades al respecto, de acuerdo con la información emitida por la DGT.

Cambios en la distribución de horas de formación

La formación para la obtención del carné de conducir va a tener más peso en vías abiertas que en circuito cerrado.

Esto es así porque, dado que se trata de conductores que cuentan con el permiso A2 con una antigüedad de al menos de 2 años, se presupone una destreza suficiente en maniobras en circuito.

Así las cosas, las horas de formación van a distribuirse de la siguiente forma:

  • 3 horas de conocimientos teóricos.
  • 2 horas en circuito cerrado.
  • 4 horas en vías abiertas al tráfico (2 horas deberán desarrollarse en carreteras convencionales, donde más siniestros mortales de motoristas se producen).

Uso del airbag obligatorio

El airbag va a ser obligatorio como un elemento esencial del equipamiento para alumnos, pero también para formadores.

Esta medida va enfocada a proteger una de las zonas más críticas de un motorista: el tórax.

Actualizaciones con respecto al contenido teórico

En la formación teórica se añade el conocimiento de los sistemas de ayuda a la conducción para motos (ARAS), sistemas homólogos de los sistemas ADAS para coches.

Estas asistencias técnicas incrementan la conducción segura y ayudan a reducir los siniestros.

Desarrollo de las prácticas y clases teóricas

El profesor está obligado a seguir a los alumnos durante las prácticas en vías abiertas en grupos con un máximo de 3 alumnos por profesor (5 alumnos en circuito cerrado).

Por último, se debe facilitar la teleformación o aula virtual para que las personas que lo requieran puedan realizar su formación a distancia.

Todos estos cambios, así como el resto de aspectos recogidos en la Orden anteriormente citada, van a entrar en vigor a partir del 1 de julio de 2025 para que las autoescuelas dispongan del tiempo necesario para asumirlos.

Cambios en la renovación del carnet de conducir

La renovación del carnet de conducir también va a tener que hacer frente a cambios sustanciales a partir de 2025 para que la DGT pueda garantizar que los conductores reúnen las condiciones óptimas para circular.

La principal motivación es la de disminuir los accidentes de tráfico, así como la modernización de los procesos.

Exámenes médicos más rigurosos

Uno de los grandes cambios se centra en los controles de salud necesarios para la renovación del carné que van a ser mucho más exhaustivos, y no se van a basar solo en la edad o antigüedad al volante, pudiendo afectar así a todos los conductores.

De modo que, los exámenes médicos van a ser más minuciosos con la intención de detectar enfermedades que puedan afectar a la capacidad de conducción.

En el supuesto de que no puedas renovar el permiso de conducir por esta razón, vas a tener que seguir las indicaciones de tu médico y pasar una nueva evaluación cuando puedas volver a conducir.

Seguimiento, control personalizado e informe médico obligatorio

El conductor debe ser evaluado de manera individual y el informe médico va a ser determinante. Esto significa que las decisiones ya no van a ser automáticas.

Si sufres algunas de las enfermedades recogidas en la lista que ha elaborado la DGT debes presentar un informe médico completo redactado por un especialista.

Si padeces algún tipo de enfermedad, pero esta no compromete la seguridad a la hora de conducir, puede que te renueven el permiso de conducir, aunque puede que sea solo por un plazo de uno o dos años, en función de tu condición médica.

Enfermedades con las que no vas a poder conducir

La DGT ha emitido una lista de 35 enfermedades de diferente naturaleza que pueden impedir que renueves el permiso de conducir, y que abarca afecciones cardíacas, digestivas, respiratorias, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, crónicas y degenerativas.

Como te hemos comentado, cada caso ha de evaluarse de manera personalizada y si el informe médico certifica que la dolencia que padece una persona no limita sus capacidades al volante, va a poder obtener el carné.

Cursos de conducción segura y eficiente

Otra novedad, recogida en la Orden INT/209/2025, son los cursos de conducción segura y eficiente que, aunque son de carácter voluntario, van a permitir a conductores recuperar dos puntos de su carné si los superan con éxito.

Asimismo, las personas que lo deseen pueden apuntarse a estos cursos aunque no necesiten puntos. Así van a poder adquirir habilidades y técnicas para una conducción eficiente y más segura.

El contenido de estos cursos incluye buenas prácticas de conducción y equipamiento y pueden realizarlos los titulares de un permiso de conducir vigente y que dispongan de un saldo de puntos positivos. Sin embargo, solo se puede hacer un curso de cada tipo cada dos años, con un límite de 15 puntos conseguidos.

La duración de los cursos es de al menos 6 horas y deben ofrecer una formación teórica (de un mínimo de 1 h 45) y otra práctica (de un mínimo de 4 h 15).

Los cursos van a entrar en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Sumados a estos cambios, se van a dar nuevas normas de la DGT en 2025 que atañen otros aspectos como las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) o la normativa sobre patinetes eléctricos, que no deja de evolucionar para adaptarse a las nuevas necesidades en materia de seguridad.

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