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¿Cubre el seguro de hogar la ruina total de la vivienda asegurada?

18 May 21

Afortunadamente no es una situación habitual ni frecuente, pero puede darse el caso de que tras un siniestro, el seguro de hogar tenga que afrontar la ruina total de una vivienda asegurada.

En este artículo queremos informarte más sobre este tema, al que algunos expertos no dudan en poner el calificativo de “concepto jurídico indeterminado”.

 Definición de ruina total

A la hora de definir la ruina total y legal de un edificio, incluso la Ley se ha tenido que adaptar a una serie de nuevas situaciones a fin de ampliar y/o modificar interpretaciones que ya venía haciendo, de forma que aseguren recoger un marco legal más amplio en cuanto al concepto de ruina de viviendas o edificaciones.

Relacionado con lo anterior encontramos la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de mayor de 1997 donde se establece que la Doctrina, que reiteradamente se venía manteniendo en dicha Sala para perfilar el concepto de ruina, se vuelve más amplia e incluye la idea de separarla de la interpretación literal de derrumbamiento del edificio.

Con esto, lo que se pretende es dar entrada y cabida a otros graves defectos que pueden hacer temer por la pérdida del inmueble o que le hacen inútil para la finalidad que le es propia, en este caso la de vivienda.

Por lo anterior, no se deja de lado que los mencionados defectos tienen un grado mayor de afectación que la de simples imperfecciones corrientes y suponen una violación de las condiciones del contrato firmado o incluso tienen una incidencia manifiesta en la habitabilidad del edificio.

Esta ampliación del concepto tradicional tiene como fin último dar cobertura a los intereses de los compradores o propietarios de viviendas que, según la Jurisprudencia, son las figuras que necesitan protección en temas de ruina total.

Definición de ruina total en los seguros de hogar

Una vez que ya hemos definido el concepto de una forma más global, veamos qué significa la ruina total en cuanto a seguros de hogar se refiere.

Por ruina total de una vivienda asegurada se entienden los daños ocasionados a consecuencia de las obras de construcción o reforma que realizan terceros en el suelo o subsuelo distinto del edificio donde se encuentra la vivienda asegurada.

Has de tener en cuenta que esta cobertura actúa tanto por exceso como por ausencia de la garantía decenal o de otras garantías que pudieran existir.

* NOTA ACLARATORIA: Por garantía decenal se entiende aquella cobertura que busca garantizar la indemnización de daños materiales causados por defectos estructurales en los edificios por un período de 10 años a contar desde que se creó la vivienda y que tiene como máximo responsable al promotor de la misma. La garantía decenal se recoge en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE).

El problema de la declaración de ruina total de una vivienda no solo viene por la degradación o deterioro estructural del inmueble que impide que este cumpla con su finalidad de habitabilidad, sino que también tiene en cuenta la seguridad de las personas y el interés público urbanístico.

Coberturas del seguro de hogar por ruina total de la vivienda asegurada

Como ya imaginarás, el alcance y número de las coberturas del seguro de hogar por ruina total de tu vivienda, dependerán de la entidad aseguradora con la cual tengas contratada la póliza.

Pese a lo anterior, las garantías generales que se suelen cubrir son:

  • Los daños materiales que tienen su origen en obras realizadas por terceros en edificios o fincas que sean colindantes con tu vivienda.

  • Los daños materiales en obras públicas realizadas en calles adyacentes o en el subsuelo aledaño a tu vivienda.

  • Un porcentaje determinado -que puede llegar al 100% con un límite máximo- sobre el capital contratado y asegurado en concepto de contenido y continente.

  • Los daños que se producen a consecuencia de las obras realizadas durante la vigencia de la póliza y que el asegurado desconocía en el momento de contratación. La cobertura puede extenderse y quedar garantizada hasta un tiempo después de que el seguro haya concluido.

 Coberturas no incluidas por el seguro de hogar en casos de ruina total

Así como hemos visto las coberturas que generalmente incluyen las entidades aseguradoras en concepto de garantía del seguro de hogar por ruina total, ahora vamos a ver los conceptos que suelen quedar excluidos y que son:

  • Daños derivados de movimientos de tierra, ya sean hundimientos o desprendimientos, y por causas distintas a las que se recogen en concepto de ruina total.

  • Daños materiales en los que la seguridad de la estructura del edificio no se ve afectada ni comprometida. Además, no implican declaración de ruina total ni posterior desalojo de los propietarios tras su detección.

  • Daños en materiales asegurados causados antes de que la póliza haya sido contratada. En este caso no aplica que dichos daños se hayan detectado mientras la póliza está en vigor.

Otros conceptos importantes: ruina técnica, ruina económica, ruina urbanística

Tradicionalmente, para poder emitir una declaración de ruina se parte de tres supuestos que corresponden a otros tantos conceptos:

 Ruina técnica

Hablamos de ruina técnica cuando se produce el fallo de alguno de los elementos arquitectónicos estructurales de la construcción y repararlo es del todo inviable.

 Ruina económica

La ruina económica, como ya anticipa su nombre, se basa en el elevado coste de reparación de los daños producidos. Por lo general, este tipo de ruina se declara cuando el coste económico es mayor que el deber legal establecido a efectos de conservación.

 Ruina urbanística

La ruina urbanística se aplica a las edificaciones que se encuentran fuera de ordenación y en las cuales las obras de reparación necesarias para mantener el edificio o la vivienda en condiciones de habitabilidad no cuentan con la obligatoria autorización jurídica.

En Reale Seguros contamos con un amplio abanico de productos relacionados con los seguros de hogar que contemplan desde distintas modalidades y cantidades, la cobertura por ruina total de la vivienda asegurada.

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