Cuando contratas un servicio de alquiler de vehículos como opción alternativa a tener un coche en propiedad, son muchas las cuestiones y dudas que te planteas y una de las primeras preguntas que te haces es quién puede conducir un coche de renting. Si lo piensas detenidamente, esta pregunta es completamente lógica, ya que preocuparte por este aspecto puede ayudarte a evitar sanciones de la Policía o problemas en caso de siniestro con la entidad aseguradora.
Para arrojar más claridad sobre el tema, hemos preparado un artículo en el cual te explicamos entre otras cosas las siguientes:
¿Qué es exactamente el renting?
¿Por qué el servicio de renting está de moda?
¿Quién puede conducir un coche de renting?
Documentos y requisitos para solicitar un renting si eres un particular, un autónomo o una empresa.
Todos estos puntos contienen información importante y te irán situando de forma progresiva en la temática de hoy.
En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:
¿Qué es exactamente el renting?
El renting se define como un contrato de alquiler de un vehículo a largo plazo en el que el usuario en ningún momento mientras el contrato de renting está en vigor, es propietario del vehículo.
La empresa de renting -o arrendadora- compra un vehículo nuevo que se ajusta a los gustos y necesidades del cliente -o arrendatario- y lo pone a su disposición por un tiempo determinado en contrato.
Por su parte, el cliente se compromete a pagar una cuota mensual durante el tiempo de vigencia y por un kilometraje máximo previamente acordado.
La compañía de renting asume a su cargo una serie de servicios entre los que se incluyen los gastos de mantenimiento y seguro entre otros.
Recordemos en este punto que en España es obligatorio tener contratado un seguro de coche para poder circular de forma totalmente legal y esta obligatoriedad también afecta a los coches de renting.
¿Por qué el servicio de renting está de moda?
Como ya hemos anticipado, el número de personas que decide no tener coche propio pero no perder ni un ápice de libertad en cuanto a movilidad es cada vez mayor y supone el mejor argumento que respalda el servicio de alquiler de vehículos a largo plazo.
Y por si lo anterior no fuera suficiente, otras 6 ventajas asociadas al renting son:
Proceso bastante sencillo de concesión del servicio.
Precios asequibles en comparación con tener un coche en propiedad.
Posibilidad de estrenar un vehículo recién salido de fábrica.
Coste cero del seguro porque va incluido en el contrato.
Coste cero por revisiones, averías o mantenimiento al estar también incluido.
Deducción por descuentos fiscales si eres autónomo o empresa.
¿Quién puede conducir un coche de renting?
Las condiciones relacionadas con quién puede conducir un coche de renting son tan lógicas como -en principio- asequibles y se reducen a ser mayor de edad y cumplir y avalar una serie de requisitos financieros.
Este último punto -el financiero- puede ser el más determinante pero tiene como propósito asegurar que el arrendatario goza de una situación económica estable y es solvente como para poder afrontar los sucesivos pagos del renting.
Documentos y requisitos para solicitar un renting
Relacionado con el punto anterior, vamos ahora a detallar cuáles son los documentos que deberás presentar y los requisitos financieros específicos a cumplir para garantizar que la concesión del servicio de renting se lleve a cabo con total éxito.
Para verlos mejor en toda su extensión, vamos a clasificarlos en tres grupos según el arrendatario sea un particular, un profesional autónomo o una empresa.
Renting para particulares
Si eres un particular mayor de 18 años de edad, en principio ya cumples una de las exigencias para poder conducir un coche de renting.
El resto de condiciones para completar el proceso de alquiler del vehículo te demandará la presentación de los siguientes documentos:
Documentos acreditativos de la identidad de la persona que solicita la operación de renting: pueden ser indistintamente el DNI, el pasaporte o el NIE. Evidentemente, solo sirven documentos que estén en vigor y no hayn caducado.
Dos o tres últimas nóminas: este número depende de la empresa a cargo de otorgar el renting e incluso algunas para autorizar la operación contemplan el hecho de que la cuota a pagar mensualmente no supere un cierto porcentaje de la nómina que cobra el arrendatario.
Justificante de titularidad de la cuenta bancaria: con este documento se busca asegurar tanto que la cuenta reseñada existe como que está a nombre de la persona solicitante de la operación de renting. La solicitud depende de la operativa dispuesta por cada entidad pero, por lo general, se puede hacer tanto presencialmente en la oficina bancaria donde se tiene la cuenta como por teléfono o por vía telemática. Asimismo, a través de este documento se accede al número de cuenta contra el que se emitirán los recibos bancarios cada mes.
Copia de la última declaración de IRPF
Renting para autónomos
En el caso de los autónomos que solicitan una operación de renting, y como es de prever, además de los requisitos a particulares señalados en el punto anterior, se deben presentar estos otros documentos:
Modelo 036/037: donde se recoge la Declaración censal de autónomo, empresario o profesional.
Modelo 390: esta es la Declaración Resumen Anual. El período a presentar será el del año inmediatamente anterior a la solicitud de concesión del contrato de renting. Si el trabajador autónomo está exento de obligación de presentar este modelo, entonces también estará exento de tener que presentar este impuesto en la documentación de solicitud.
Modelo 303: es el modelo de autoliquidación del IVA. Como en el caso anterior, el período a documentar es el año anterior a la solicitud del renting. Si la actividad que desarrolla el autónomo está exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido, quedará también no obligado a presentar este documento.
Renting para empresas
Los documentos que se exigen a las empresas para la concesión de un servicio de renting son los siguientes además del ya mencionado y relativo al número de cuenta bancaria:
Modelo 200: también conocido como Impuesto de Sociedades. El período de referencia a aportar será el que corresponde al ejercicio anterior y justamente inmediato a la fecha de solicitud del contrato de renting.
Escritura de constitución de poderes: el objeto de este documento es acreditar y garantizar la facultad o poder de la persona o personas físicas que actúan en nombre de la empresa al solicitar la operación de renting. Los documentos de constitución de poderes deberán estar avalados ante Notario Público e inscritos en el Registro Mercantil.
Balance de situación o cierre actualizado: en este documento del estado financiero de la empresa se refleja la situación patrimonial y económica de la sociedad. De lo que aparece en el Balance de Situación se deduce si la empresa se encuentra en una situación económica positiva que le va a permitir asumir con garantías los gastos -incluidos los referentes al renting- o si por el contrario se encuentra en una situación en la que muestra dificultades -más o menos graves- para atender sus responsabilidades o directamente las cifras del balance muestran que no es solvente. El documento a presentar será el del año anterior a la fecha en que se solicita la operación de renting.
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