Certificado de defunción
El certificado de defunción es un documento legal que certifica el fallecimiento de una persona y su inscripción en el Registro Civil.
¿Qué es el certificado de defunción?
El certificado de defunción es un documento oficial emitido por el Registro Civil que acredita legalmente que una persona ha fallecido.
Puede solicitarse a partir de las 24 horas del fallecimiento, una vez que el hecho ha sido inscrito oficialmente.
Diferencia entre certificado de defunción y certificado médico de defunción
La diferencia entre el certificado de defunción y el certificado médico radica esencialmente en su finalidad.
El primero certifica legalmente el fallecimiento de una persona y se inscribe en el Registro Civil; el segundo es un documento redactado por un médico forense sobre las circunstancias de la muerte, y resulta indispensable para obtener el certificado de defunción.
¿Qué tipos de certificados de defunción existen?
Estos certificados pueden ser positivos, cuando determinan la muerte de alguien, o negativos, implican que la persona no está inscrita como fallecida.
En España, los certificados de defunción ordinarios pueden ser bilingües, en las Comunidades Autónomas en las que coexisten diversas lenguas oficiales (Cataluña, País Vasco, Comunidad Valenciana o Baleares), o plurilingüe, redactados en los idiomas oficiales de los países que firmaron el Convenio de Viena en 1976.
¿Qué contiene el certificado de defunción?
El certificado que da fe de la muerte de una persona contiene la siguiente información:
- Nombre, apellidos, domicilio y nacionalidad de la persona.
- Estado civil al morir, y nombre del cónyuge si lo hay.
- Nombre de los padres si procede.
- Fecha, hora y lugar del fallecimiento.
- Lugar de inscripción.
Si ha sido necesaria la intervención judicial, en el documento van a aparecer los datos identificativos del juzgado y el número de procedimiento.
¿Para qué sirve el certificado de defunción?
Tal y como recoge la Ley 20/2011 del Registro Civil, la defunción, como la del nacimiento, de una persona ha de inscribirse en el registro correspondiente. Para ello, es necesario acompañar el certificado de defunción del parte médico.
En ese mismo orden de cosas, este trámite legal también es necesario a la hora de:
- Inhumar o incinerar al fallecido.
- Gestionar una herencia o seguros de vida y decesos.
- Solicitar pensiones de viudedad o de orfandad.
- Cancelar contratos de suministros a nombre del difunto.
- Realizar la baja en la Seguridad Social.
- Cancelar cuentas bancarias, etc.
¿Quién puede solicitar el certificado de defunción?
Cualquier persona mayor de edad puede solicitar el certificado de defunción, siempre que los datos no se encuentren protegidos.
Te ponemos algunos de los ejemplos más habituales de situaciones que pueden necesitar la protección de datos:
- El fallecido tiene datos especialmente protegidos. Por ejemplo, cualquier información de salud que se considere dato sensible, de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos.
- La familia o un juez ha expresado el carácter privado del certificado. Este escenario se da excepcionalmente por razones de seguridad o judiciales, por ejemplo.
- Cuando hay anotaciones que no son públicas sobre adopciones, rectificaciones registrales (como el cambio de sexo), filiaciones no matrimoniales, etc.
Cuando se aplican restricciones a la consulta de este tipo de documento, se requiere una autorización judicial o una prueba de legitimación del consultante, según el caso.
¿Cuánto tiempo tarda en obtenerse el certificado de defunción?
El tiempo que puede tardar en obtenerse el documento depende de por qué vía lo solicites y de los datos que haya que comprobar para poder expedirlo en nombre del solicitante.
Si no hay incidencias y el certificado de defunción electrónico está disponible, puedes tenerlo en el momento, siempre que te identifiques legalmente.
En el caso de que no esté disponible para la descarga inmediata, puede tardar entre 3 y 15 días laborales (normalmente cuando se envían por correo postal), dependiendo de la organización del registro.
¿Dónde y cómo solicitar el certificado de defunción? Documentación y requisitos
El certificado de defunción puede solicitarse presencialmente (mediante cita previa), o directamente por internet siguiendo el procedimiento indicado en la sede electrónica del Ministerio de Justicia). Otra opción es solicitarlo por correo postal, enviando una solicitud al Registro Civil que corresponda, aunque va a tardar más tiempo.
En el caso de que el fallecimiento se haya producido en el extranjero, puedes dirigirte al Registro Civil Central.
Documentación necesaria para solicitar el certificado de defunción
Es importante señalar que digitalmente puedes acceder de dos maneras diferentes que te permiten obtener este tipo de certificados en el momento en muchos casos:
- Mediante el certificado Cl@ve.
- Con el Certificado electrónico o el DNI electrónico.
Además, vas a necesitar la siguiente información:
- Justificación de tu relación con el fallecido. Por ejemplo, si eres familiar puedes necesitar el libro de familia o documento que acredite el parentesco. Si actúas en representación, mediante poder notarial o autorización o si eres profesional (abogado, procurador, etc.) debes demostrar el interés legítimo de la consulta.
- Datos del fallecido. Necesitas el nombre y apellidos, DNI o NIE, fecha de nacimiento, fecha de defunción, o municipio de defunción.
- Información adicional. Puedes necesitar aportar los datos de los padres del fallecido (especialmente si era menor de edad o no disponía de DNI).
Recuerda que si dispones del número de registro, te va a facilitar el trámite.
¿Cuánto cuesta el certificado de defunción?
La expedición del documento básico del certificado de defunción es gratuita para el ciudadano, aunque algunos registros civiles pueden cobrar tasas por la emisión de registros plurilingües o por trámites adicionales.
También existen empresas privadas que cobran por la gestión y el envío postal de la documentación cuando procede.