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25 Feb 2025

Fianza

La fianza es un importe o un bien material que se entrega para asegurar el cumplimiento de diversas obligaciones, tanto en el ámbito público como privado, suponiendo una seguridad añadida para las partes involucradas.

De acuerdo con esta definición, la persona que debe asumir el pago de la fianza es la que se compromete a ofrecer una garantía con respecto a una obligación u obligaciones adquiridas por sí mismo o un tercero, y que en caso de no cumplirlas asume las responsabilidades ligadas al acuerdo.

Por ejemplo, cuando se firma un contrato de alquiler de una vivienda, el arrendador exige una cantidad económica en concepto de fianza de alquiler para asegurarse de que el arrendatario cumple con las obligaciones inherentes en el contrato y entrega la vivienda en las mismas condiciones que la ha recibido, salvo por el desgaste natural de las cosas.

¿Qué es la fianza en los seguros y quién la paga?

En el mundo de los seguros se pueden dar en relaciones civiles y mercantiles los contratos de fianza. Se trata de garantías que refuerzan la obligación contractual del cliente frente a un beneficiario o acreedor.

En otras palabras, se trata de un contrato tripartito que obliga a una parte (el fiador que suele ser la aseguradora) a hacer cumplir con la obligación adquirida por un tercero (el tomador del seguro) frente a un acreedor si este no cumple con ella.

En estos contextos la obligación garantizada puede hacer referencia a un contrato, una deuda o también a una responsabilidad legal.

Una vez la aseguradora paga al beneficiario, está en su derecho de reclamar al tomador de la fianza el reembolso del importe asumido. Esto es así porque la fianza no exime al tomador de su obligación, sino que la transfiere temporalmente al fiador.

Diferencia entre contrato de fianza y aval

Ambos conceptos garantizan el cumplimiento de un deudor frente a un acreedor.

Pero, la diferencia principal entre contrato de fianza y aval es que la fianza es un compromiso subsidiario y el aval es un compromiso solidario.

Por ello, en el primero, el acreedor debe intentar cobrar al deudor en primer lugar, y en el segundo puede reclamar al avalista sin tener que hacerlo antes al deudor.

¿Para qué sirven las fianzas?

Las fianzas son una herramienta de garantía que ofrecen confianza y seguridad en las relaciones contractuales o legales porque:

  • Garantizan el cumplimiento de las obligaciones adquiridas, reforzando las transacciones comerciales.
  • Protegen a los acreedores de incumplimientos financieros.
  • Proporcionan un respaldo en licitaciones.
  • Ayudan a cumplir con los requisitos administrativos y legales.
  • Facilitan operaciones legales y el cumplimiento de sentencias judiciales.

Vas a entender mejor sus implicaciones gracias al siguiente apartado en el que vamos a abordar las diferentes modalidades que puedes encontrar.

Tipos de fianzas e importes

Las fianzas pueden ser de diferente naturaleza según su ámbito de aplicación:

  • Fianza de cumplimiento. Es habitual en proyectos de construcción (también en contratos de suministros o servicios) y asegura que el tomador va a cumplir con las obligaciones contractuales Por ejemplo, garantiza que el contratista entregue el trabajo respetando los términos acordados. Según el acuerdo, puede suponer entre un 5 % y un 15 % del valor total del contrato.
  • Fianza de pago. Es la propia de un contrato de alquiler de viviendas, por ejemplo. Establece que el tomador va a pagar una deuda o compensación. En los contratos de alquiler y de acuerdo con la ley vigente la fianza no puede superar el importe de dos mensualidades.
  • Fianza judicial. Es la que aplica en cuanto al pago de una indemnización en el ámbito legal para asegurar el cumplimiento de un procedimiento judicial. Su importe depende del montante de la sentencia.
  • Fianza de licitación. Se da en las licitaciones públicas o privadas para garantizar que en caso de ganarla se va a cumplir el contrato reforzando la seriedad de su oferta. Puede suponer como máximo el 3 % del presupuesto de base de licitación en el sector público según el artículo 150 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

Además de estas modalidades de fianzas básicas, existen otras como la fianza civil, administrativa, bancaria, solidaria, corporativa o personal siendo común a todas ellas el hecho de garantizar el cumplimiento de obligaciones contractuales o acuerdos establecidos.