Inicio > Diccionario de Seguros > Mancomunidad de propietarios


02 Abr 2025

Mancomunidad de propietarios

Una mancomunidad de propietarios es la unión voluntaria de dos o más comunidades que comparten el uso y la gestión de elementos comunes o de uso privativo.

¿Qué es una mancomunidad de propietarios?

Una mancomunidad es una agrupación de varias comunidades de propietarios de viviendas, garajes o locales comerciales que comparten elementos o servicios comunes.

El objetivo es realizar una gestión conjunta más eficiente que permita optimizar tanto su uso, como su gestión y mantenimiento.

Por ejemplo, las zonas que se pueden compartir son piscinas, espacios ajardinados, sistemas de seguridad o vías de acceso.

Requisitos para constituir una mancomunidad de propietarios

La constitución de una mancomunidad requiere el acuerdo de las comunidades de propietarios que la van a conformar y que debe aprobarse en las juntas de vecinos de cada comunidad en función de lo recogido en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.

En ese sentido, para participar en la creación de una mancomunidad se requiere el acuerdo de la mayoría de los propietarios presentes y representados en la junta que se celebre a tal efecto o que incluya ese punto en la orden del día.

Normalmente, se pide una mayoría cualificada que corresponde a las tres quintas partes de los propietarios y de los coeficientes de participación.

¿Cómo funciona una mancomunidad de propietarios?

Básicamente, una mancomunidad de propietarios se regula del mismo modo que una comunidad de propietarios, pero se utiliza únicamente para gestionar las zonas o servicios comunes.

Así las cosas, este tipo de asociación queda supeditada a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), con algunas particularidades en lo referente al fondo de reserva, que va a depender de las normas establecidas en los estatutos y los acuerdos entre las comunidades.

En cuanto a los derechos y obligaciones, a diferencia de lo que ocurre en las comunidades que recaen en cada propietario, en una mancomunidad recaen en cada una de las comunidades de propietarios independientes que forman parte de ella.

En otras palabras, en este modelo se entrelazan dos tipos de comunidades: por una lado, la gestión interna que se lleva a cabo por cada comunidad, y por el otro, la gestión conjunta realizada por la unión de varias comunidades por un interés común.

¿Quién manda en una mancomunidad?

La mancomunidad se rige, generalmente, por una junta directiva que se compone de los representantes de cada comunidad que la integra, es decir, de los presidentes de cada una de ellas o el representante designado.

Estos representantes, tras recoger el voto de sus representados, van a trasmitir la decisión de su comunidad en relación con los asuntos previstos por la mancomunidad.

Las decisiones suelen adoptarse por mayoría, aunque los procedimientos y quorum necesarios para llegar a acuerdos se establecen en los estatutos de la mancomunidad.

¿Cómo salir de una mancomunidad de propietarios?

Salir de una mancomunidad de propietarios es posible, pero es un procedimiento que requiere el acuerdo de la comunidad que desea salir y que esta posibilidad se haya contemplado en los estatutos de la mancomunidad.

Por otro lado, antes de pensar en desvincularse resulta necesario que la comunidad tenga en cuenta los siguientes factores que pueden complicar su salida:

  • Pueden derivarse posibles obligaciones económicas como el pago de indemnizaciones por inversiones llevadas a cabo en elementos comunes.
  • Pueden existir deudas adquiridas por la mancomunidad, y los propietarios que desean salir deben afrontar la parte que les corresponda de la misma.
  • Es preciso que la comunidad analice si va a poder gestionar de manera individual los servicios o elementos antes compartidos porque pueden ser origen de gastos adicionales considerables.

Tanto a la hora de constituir como de desvincularse de una mancomunidad es recomendable buscar un acompañamiento y asesoramiento profesional.