La diferencia entre autónomo y empresario da lugar, en algunos casos, a parecidos razonables. Sin embargo, es importante distinguir bien estos términos porque, aunque en ambos conceptos hablamos de profesionales que se dedican a una actividad profesional por cuenta propia, existen grandes diferencias en sus obligaciones.
Si estás trabajando por tu cuenta y quieres saber cuál de estas figuras te encaja mejor, sigue leyendo. A continuación vamos a enseñarte las principales diferencias entre ser autónomo y empresario.
En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:
Definición de autónomo
En España, el trabajador autónomo es aquella persona que trabaja por su cuenta y no tiene jefe, y que además está inscrita en un régimen especial de la Seguridad Social, el RETA o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En el RETA deben estar inscritas todas aquellas personas que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica, siempre y cuando el desempeño de esta actividad no esté sujeto a un contrato de trabajo con una empresa.
Esta actividad autónoma o por cuenta propia puede ser además tanto a tiempo completo como parcial.
Además del trabajador por cuenta propia, existen otras situaciones en las que es obligatorio adherirse al régimen de autónomos:
El cónyuge y familiares del autónomo, hasta el segundo grado inclusive, que colaboren con el trabajador autónomo de forma habitual y no tengan la condición de asalariados.
Los escritores de libros.
Profesionales colegiados que ejerzan una actividad por cuenta propia.
Los socios de sociedades colectivas y comanditarias.
Los socios de comunidades de bienes en atribución de rentas.
Gerentes o administradores de personas jurídicas.
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
Los socios trabajadores de las sociedades laborales.
Puedes consultar quiénes están incluidos en el RETA, en la sección de autónomos de la web de la Seguridad Social.
¿Qué necesitas para darte de alta como autónomo?
En caso de que quieras darte de alta como autónomo, esta es la información que necesitarás:
Tu Número de Seguridad Social (NUSS) o Número de Afiliación (NAF).
Tu documento de identidad (DNI o NIE).
La fecha de inicio de la actividad.
Los datos del domicilio de la actividad profesional.
Tus datos de contacto (teléfono móvil y email).
El código del Impuesto de Actividad Económica (IAE) y el de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
Un número de cuenta bancaria para domiciliar los pagos (IBAN).
Si necesitas más información sobre todos los trámites, puedes consultar nuestra guía sobre cómo darte de alta como autónomo.
Definición de empresario
El empresario es la persona que, de forma individual o colectiva, se encarga de la dirección y gestión de una empresa, negocio o industria con la finalidad de obtener un rendimiento económico.
También es quien toma las decisiones estratégicas, fija los objetivos, asume los riesgos y determina los medios de producción que se van a utilizar para alcanzarlos.
Así, el empresario es el que tiene una empresa, que puede tener distintas formas societarias: Sociedad Limitada (S.L.), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Limitada Laboral (S.L.L.), etc.
Como ves, se trata de una figura muy variopinta, que engloba desde al panadero de la esquina hasta al dueño de una empresa del IBEX 35.
Clasificación de las empresas (y, por tanto, de los empresarios)
Cada empresa es un mundo y se podría decir que no hay dos iguales.
Para ordenar tanta diversidad, la Unión Europea ha realizado una clasificación de los tipos de empresas en cuatro grandes grupos:
Micro.
Pequeñas.
Medianas.
Grandes.
Esta clasificación se realiza a partir de tres criterios diferentes:
Número de trabajadores o asalariados.
Volumen de negocio (facturación).
Balance general anual, esto es, el valor de sus principales activos.
Así, para que las entidades sean categorizadas como empresas pequeñas, medianas o grandes, deben cumplir con ciertos requisitos:
Microempresa
Tienen hasta 10 trabajadores, su volumen de ventas no supera los 2 millones de euros y su activo total está por debajo de dicha cantidad.
Pequeñas
Cuentan con hasta 50 trabajadores y poseen un volumen de ventas y activo total de hasta 10 millones de euros.
Medianas
Con hasta 250 trabajadores, su volumen de ventas no supera los 50 millones de euros y su activo total llega hasta los 43 millones.
Grandes
Superan los 250 trabajadores, cuentan con un volumen de ventas por encima de los 50 millones de euros y declaran un activo total de más de 43 millones.
Diferencias entre autónomo y empresario
Aunque es habitual que en una misma persona coincidan las figuras del autónomo y el empresario, existen importantes diferencias.
A modo de lista rápida, vamos a repasar las principales diferencias:
Capital necesario.
Tipo de personalidad: física o jurídica.
Exigencias contables.
Frecuencia de la actividad.
Ánimo de lucro.
Responsabilidad frente a pérdidas.
Capital necesario
Para darse de alta como trabajador autónomo no existe ningún capital mínimo, por contra, para constituir una S.L. se exige un capital mínimo de 3.005,06 euros.
Además, en el inicio de la actividad, las sociedades tienen que hacer frente a otros gastos como escrituras, registro, actos jurídicos o denominación, gastos que no existen en el caso de ser autónomo.
Tipo de personalidad: física o jurídica
Un autónomo siempre es una persona física. Por su parte, los empresarios pueden configurarse como personas jurídicas o personas físicas. Esto tiene además un impacto importante en las obligaciones y trámites a cumplimentar.
Por tanto, un autónomo tributa por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), mientras que una sociedad (S.L. o S.A.) lo hace por el Impuesto de Sociedades (IS).
Exigencias contables
Los trámites contables y fiscales de un autónomo son mucho más sencillos que los de una sociedad. Con abonar mensualmente la cuota del RETA y presentar las declaraciones de IVA e IRPF, el trabajador autónomo en principio no tiene que hacer más.
Sin embargo, una empresa tiene que llevar una contabilidad estándar y presentar los libros contables y las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Frecuencia de la actividad
Para ser considerado autónomo, la actividad profesional que se lleva a cabo debe ser de carácter habitual, aunque pueda compatibilizarse con otras, incluso por cuenta ajena. Esto quiere decir que se debe tener un cierto nivel de ingresos por dicha actividad a lo largo de un cierto período de tiempo.
Ánimo de lucro
La actividad del autónomo debe tener ánimo de lucro, es decir, no puede ser una ONG o similar. Por contra, los empresarios pueden llevar a cabo actividades sin ánimo de lucro, sin dejar de ser considerados empresas.
Responsabilidad frente a pérdidas
La responsabilidad del autónomo en el ejercicio de su actividad es ilimitada. El trabajador autónomo responde de las deudas de su actividad con la totalidad de sus bienes presentes y futuros. En cambio, en una S.L., la responsabilidad se limita al capital aportado, por lo que en este aspecto el riesgo es menor.
Ventajas principales de ser autónomo
Según lo que hemos apuntado, y a modo de resumen, aquí van algunas de las ventajas principales de empezar una actividad económica como autónomo, frente a constituir una empresa y convertirse en empresario:
Constitución y alta
Es bastante rápido darse de alta y de baja en la actividad como autónomo. Se pueden hacer todos los trámites en un día, mientras que una sociedad necesita de un proceso que puede demorarse entre 5 y 30 días.
Gastos de gestoría
Como el papeleo es mucho menor en el caso del autónomo, ya que su contabilidad es mucho más sencilla, los gastos en la contratación de un asesor o gestor son mucho menores.
Mejoras en las condiciones por ser autónomo
Ahora los autónomos también tienen derecho a paro y a baja por enfermedad, siempre y cuando pagues la seguridad mínima exigida.
Además, desde el 1 de enero de 2019, los nuevos autónomos pueden aplicarse la denominada “tarifa plana”, por la que -en general- durante el primer año la cuota de autónomos se queda en 60 euros mensuales y, durante el segundo año, disfrutas de bonificaciones del 50 y el 30%.
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