¿El seguro de decesos desgrava?

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Publicado el 25/05/2026

¿El seguro de decesos desgrava?

El seguro de decesos no desgrava en España en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de forma general en España.

Sin embargo, existe una excepción poco conocida en el marco del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual con una hipoteca antigua (anteriores al 1 de enero de 2013), siempre que se cumpla con los requisitos establecidos y bajo unas condiciones precisas.

En este artículo, vamos a explicarte bajo qué condiciones exactas puedes beneficiarte de esta deducción.

¿El seguro de decesos desgrava realmente en el IRPF?

No. Con carácter general, el seguro de decesos no desgrava en el IRPF. La Ley 35/2006 del IRPF no incluye las primas de seguros de decesos dentro de los gastos deducibles para contribuyentes particulares.

No obstante, sí contempla determinados supuestos, como los seguros de enfermedad para autónomos o los sistemas de previsión social.

Es importante entender que el seguro de decesos no genera rendimientos del trabajo ni se encuentra vinculado directamente a la obtención de una renta.

En otras palabras, no es un instrumento de inversión o ahorro que merezca un tratamiento fiscal propio, se trata de un seguro de prestación de servicios relacionados con el fallecimiento del asegurado, como el sepelio.

Ahora bien, existe un supuesto excepcional, vinculado al régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual para hipotecas formalizadas antes del 1 de enero de 2013, en el que el seguro de decesos puede tener relevancia fiscal. Te lo explicamos a continuación en detalle.

Excepción clave: seguro de decesos vinculado a hipoteca anterior a 2013

Si tu seguro de decesos cumple con estos requisitos, sí puedes desgravarte parte de la prima, dentro de los límites estipulados:

  • El seguro de decesos forma parte de una hipoteca destinada a la adquisición de la vivienda habitual y estaba integrado en el paquete de seguros exigido por la entidad financiera que concedió el préstamo.
  • La hipoteca fue formalizada antes del 01/01/2013, según lo dispuesto en la Ley 16/2012.
  • Se aplica el régimen transitorio de deducción por vivienda habitual. Esto aplica, siempre que la prima esté integrada en las cantidades satisfechas para la adquisición de la vivienda habitual y haya sido exigida por la entidad financiera, conforme a la interpretación administrativa vigente.

En estas condiciones concretas, puedes desgravarte el seguro de decesos según lo establecido por la disposición transitoria 18ª de la Ley del IRPF:

  • Base máxima anual deducible: 9 040 € (suma de todos los pagos vinculados a la hipoteca, desde la amortización a los seguros exigidos).
  • Porcentaje de deducción: 15 % sobre esa base.
  • Deducción máxima posible: 9 040 € x 15 % = 1 356 € al año.

Es importante subrayar que la prima del seguro de decesos, cuando está vinculada a una hipoteca anterior a 2013, se suma al resto de cantidades satisfechas por la adquisición de tu vivienda habitual.

Es importante subrayar que la prima del seguro de decesos, cuando está vinculada a una hipoteca anterior a 2013, se suma al resto de cantidades satisfechas por la adquisición de la vivienda habitual.
Si el total anual no supera los 9.040 €, la prima puede formar parte de la base de deducción. En cambio, si dicho límite ya se ha alcanzado con las cuotas hipotecarias, la prima del seguro no generará una deducción adicional, ya que el tope es conjunto.

¿Qué seguros puedes desgravarte en la declaración de la renta?

Si te preguntas qué seguros son deducibles en tu declaración de la renta, puedes encontrarlos en la lista que te proporcionamos a continuación.

Recuerda que para poder desgravártelos es necesario que cumplas con los requisitos de cada uno de ellos:

  • Seguro de vida vinculado a una actividad económica. La prima del seguro es deducible para trabajadores autónomos cuando el seguro cubre un riesgo directamente relacionado con el ejercicio profesional.
  • Seguro de salud para autónomos. Puedes deducirte hasta 500 € anuales por persona asegurada siempre que sea el titular, cónyuge o hijos menores de 25 años que convivan con el tomador. Si el asegurado tiene discapacidad reconocida, asciende a 1 500 € por persona con discapacidad.
  • Seguro de hogar vinculado a una hipoteca anterior a 2013. Aplica si el seguro fue una exigencia del banco para otorgarte el préstamo para tu vivienda habitual, y siempre que la hipoteca se haya firmado antes del 1 de enero de 2013.
  • Seguro de dependencia. Las primas que pagas por el seguro reducen tu base imponible general del IRPF, esto es, tributan sobre una cantidad menor de ingresos y pagas menos impuestos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 35 del IRPF.
  • Planes de pensiones. Aunque no se trata de un seguro al uso, las aportaciones reducen directamente la base imponible general.

En cuanto al seguro de decesos, como ya sabes, solo puede ser deducible si va integrado en una hipoteca sobre vivienda habitual contratada antes del 2013 y a la que pueda aplicarse el régimen transitorio de deducción.

¿Los gastos de funeral son deducibles?

Los gastos de sepelio en España pueden deducirse en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), pero no en la declaración de la renta. Los importes varían en función de lo previsto por cada Comunidad Autónoma.

En todo caso, los gastos han de estar convenientemente justificados con facturas y justificantes, y ser proporcionales a los “usos y costumbres” del lugar y caudal hereditario.

Ahora bien, si el fallecido tenía contratado un seguro de decesos, los gastos cubiertos por la aseguradora no se pueden deducir porque no han supuesto una carga económica para los herederos.

¿Cuando das de baja un seguro de decesos, te devuelven el dinero?

Generalmente no se devuelve la prima consumida, salvo que las condiciones de la póliza prevean extorno proporcional por periodo no disfrutado.

Piensa que el seguro de decesos funciona como un seguro de riesgo puro: la compañía aseguradora presta un servicio de cobertura durante el periodo contratado y, si no se produce el siniestro, la prima que se haya consumido no se recupera.

Asimismo, cuando la aseguradora no puede prestar los servicios contratados, por causas ajenas a la compañía o cuando el tomador decide cancelarlo voluntariamente después del periodo de desistimiento legal, no suele haber devolución de prima.

Sea como sea, revisa las condiciones particulares de tu póliza o consulta esta cuestión directamente con tu aseguradora para salir de dudas.

¿Por qué contratar un seguro de decesos aunque no desgrave?

La mayor ventaja de contratar un seguro de decesos es que evita que tus familiares tengan que desembolsar miles de euros para cubrir los gastos del sepelio.

Además de reducir la carga financiera de tus herederos, los seguros de decesos, como los que ofrecemos en Reale Seguros, te proporcionan una gestión integral de los trámites necesarios ante un fallecimiento con tan solo una llamada. 

Te invitamos a que descubras nuestras soluciones profesionales, entre las que vas a poder elegir entre prima periódica o prima única, y si tienes alguna duda, contactes con nuestros agentes.