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Multa por conducir con el móvil: sanción y pérdida de puntos

23 Feb 22

El endurecimiento de la multa por conducir con el móvil se ve avalado por la nueva Ley de Tráfico de la DGT –Dirección General de Tráfico– y busca luchar, entre otras cosas, contra las distracciones al volante, responsables de la cuarta parte de los accidentes en nuestro país.

Además, quizás estés interesado en ampliar información sobre las nuevas normas de tráfico.

Razones tras las nuevas multas por conducir con el móvil

La nueva Ley 18/2021, en vigor a partir de marzo de 2022, trae a los conductores toda una serie de novedades en materia de infracciones, cuyas sanciones aumentan, como en el caso del uso del móvil, no llevar el cinturón de seguridad o arrojar objetos a la vía, entre otras.

Entre las importantes repercusiones de esta ley que debes conocer destaca que te restará el doble de puntos en el carnet de conducir si conduces con el móvil.

Así las cosas, a partir de dicha fecha conducir sujetando el móvil o un dispositivo similar con las manos te podría suponer una sanción con pérdida de 6 puntos en el carné de conducir, 3 puntos más (el doble) de lo que se estaba imponiendo hasta ahora.

Y es que apartar los ojos de la carretera, por la razón que sea, supone un grave riesgo para ti si vas conduciendo, para los personas que viajan contigo e incluso para el resto de vehículos que circulan a tu alrededor.

Un conductor que habla mientras conduce pierde la capacidad de mantener la velocidad constante, no guarda la distancia de seguridad suficiente con el vehículo que circula delante y su tiempo de reacción aumenta.

Además, como veremos enseguida, cumplir el objetivo principal de esta nueva medida –atajar las distracciones– viene acompañado de una nueva redacción del texto de la ley para dejar fuera de lugar posibles interpretaciones que se venían haciendo hasta ahora y que permitían juzgar de forma dudosa ciertas actuaciones.

Desde Reale Seguros, de acuerdo con nuestro compromiso con tu seguridad, queremos recordarte que el uso del móvil multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente, y equivale a conducir bajo los efectos del alcohol.

Pérdida de puntos y multas por usar el móvil 

Como claramente reflejan los datos ya mencionados, la presencia del móvil en la conducción se ha multiplicado de manera exponencial en los últimos años, provocando infinidad de accidentes.

Para concienciar a los conductores de esta conducta imprudente, la nueva normativa de la DGT incluye medidas mucho más estrictas para los conductores que tengan dispositivos móviles en la mano mientras conducen.

Así, la sanción supondrá la retirada de 6 puntos del carnet de conducir –te recordamos que son 12 puntos de manera general–. Se incrementan por tanto los puntos a detraer al considerarlo una infracción grave y se mantiene el importe de la multa en 200 euros (o 100 con pronto pago).

La nueva ley es ahora mucho más explícita a la hora de definir la infracción y sustituye la palabra “utilizar”, de carácter más ambiguo, por “utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce”.

Así, aunque el infractor se justifique para no pagar la multa por hablar por teléfono argumentando que no estaba usando el móvil –algo más difícil de probar por parte de los agentes–, el mero hecho de sujetar el móvil con la mano, aunque no se esté utilizando, tendrá el mismo efecto a través de la máxima sanción.

El descuento de puntos del carné queda por tanto como sigue:

  • 6 puntos menos: cuando circules sujetando el móvil con la mano, lo estés usando o no. Esto incluye los momentos en los que el coche se encuentra parado en marcha, por ejemplo en un atasco, ya que también se considera un momento de la circulación.

  • 3 puntos menos: cuando manipules el teléfono móvil al tiempo que circulas pero el dispositivo se encuentre colocado en un soporte fijo o similar. En este caso la detracción de puntos es menor.

Regulación de otros dispositivos móviles conduciendo

Además de las multas y sanciones por conducir usando el móvil, existen otros dispositivos que también merecen ser analizados en este artículo.

 Usar la función manos libres

Los sistemas tipo “manos libres” son los únicos permitidos para responder o hacer llamadas por teléfono, aunque la DGT recuerda que tampoco están exentos de riesgos: distracciones, despistes, mayor tiempo de reacción, etc.

 Manipular el navegador

En cuanto a los navegadores GPS, puedes usarlos si están colocados en un soporte y se han configurado previamente a poner en marcha el coche.

Al igual que los móviles, no está permitido manipularlos durante la conducción, ya que pueden ocasionarte distracciones. Usar o ajustar el navegador durante la marcha se sanciona por tanto restando 3 puntos del carné y una multa de 200 euros.

Usar el móvil en moto, bicicleta o patinete

En la nueva normativa se califica como infracción grave tratar de ajustar el móvil entre el casco y la cabeza del conductor ya sea en una moto, bicicleta o patinete.

La sanción es de 200 euros (o 100 con pronto pago) y es otro de los supuestos relacionados con dispositivos que restan 3 puntos, aunque la detracción de puntos solo se aplica a las motos, ya que bicis y patinetes no requieren de permiso de circulación.

En Reale Seguros insistimos en recordarte que usar el móvil conduciendo perjudica la conducción. La nueva normativa de la DGT castiga a los conductores más imprudentes y ayuda a prevenir accidentes fácilmente evitables.

En cualquier caso, si tienes dudas sobre las coberturas de tu seguro de coche, no dudes en consultarnos y nuestros agentes te asesorarán sobre la póliza que más se ajuste a tus necesidades.