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Normativa sobre perros en comunidades de vecinos: 7 claves

14 Jul 23

La normativa sobre perros en comunidades de vecinos es un instrumento no reglado por ley pero necesario para garantizar la convivencia vecinal, ante la cada vez mayor presencia de animales domésticos en las viviendas españolas. Los más populares son, muy por encima de otras especies, los perros.

 

En línea con lo anterior, se calcula que alrededor del 40 % de los hogares de España acogen en su interior a, al menos, una mascota, y según datos publicados por la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (ANFAAC), existen más de 29 millones de animales de compañía conviviendo con su familia humana.

 

Su presencia en bloques de pisos puede acarrear, en ocasiones, problemas de convivencia, de ahí la importancia de que estés al tanto de lo que suele recogerse en la normativa sobre perros en comunidades de vecinos.

 

¿Existe una normativa propia sobre perros en comunidades de vecinos?

En realidad, no existe ninguna normativa determinada que legisle la tenencia de perros en comunidades de vecinos.

 

Sin embargo, sí que es posible que, dentro de las normas de convivencia de una comunidad, se especifiquen ciertas cuestiones críticas relativas a animales de compañía, como puede ser si se permite o no su presencia en los lugares comunes o en determinadas circunstancias.

 

Los problemas de convivencia más habituales que surgen por la tenencia de mascotas en comunidades de vecinos suelen tener que ver con el ruido: seguro que conoces a alguien que se queja de que el perro de su vecino ladra sin parar a horas intempestivas.

 

Sin embargo, también puede darse el caso de que el conflicto se produzca por la aparición de suciedad y excrementos en las zonas comunes del bloque, como pueden ser los cuartos trasteros, los jardines o el ascensor.

 

Esto puede llevar a que en los estatutos de la comunidad de propietarios se limite o se prohíba expresamente la presencia de animales en dichas zonas compartidas.

 

La Ley de Propiedad Horizontal y las mascotas

Previo a saber qué dice la Ley de Propiedad Horizontal a este respecto y si tiene una comunidad de vecinos la autoridad y la capacidad de decidir si se puede o no tener mascotas en el inmueble, creemos necesario hacer un par de matizaciones.

 

La ley de Propiedad Horizontal (LPH) es una norma cuyo objetivo es regular la convivencia y la administración de edificios compuestos por varias propiedades privadas, como viviendas o locales comerciales, y determinadas zonas comunes, como escaleras, patios o jardines.

 

Así pues, esta norma establece una serie de derechos y deberes que los propietarios de los inmuebles deben acatar para vivir en comunidad, así como las condiciones de uso y gestión de los diferentes espacios y servicios de uso común.

 

La Ley de Propiedad Horizontal actual se rige por dos documentos principales: por un lado, el artículo 396 del Código Civil, en el que se define el concepto jurídico de propiedad horizontal y, por otro, la Ley 8/1999, de 6 de abril, de reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, que establece el ámbito y método de aplicación de la norma.

 

 ¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre los perros en las comunidades de vecinos?

La Ley de Propiedad Horizontal no establece ninguna normativa específica en lo relativo a la tenencia de animales de compañía en las comunidades de vecinos.

 

Sin embargo, sí que fija la obligación, para todos los propietarios, de hacer un uso adecuado de todas las instalaciones y espacios de uso común, evitando causar cualquier tipo de molestia o perjuicio al resto de habitantes de la comunidad.

 

Por tanto, si vives en una comunidad de vecinos, podrás tener un perro o cualquier otra mascota siempre y cuando te asegures de que no causa ninguna molestia a tus vecinos.

 

Esto puede cambiar en el caso de que vivas en régimen de alquiler, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es el documento que regula las normas relativas a alquileres en nuestro país, establece que sean los propietarios del inmueble arrendado quienes decidan si permiten o no la tenencia de mascotas en el piso por parte del arrendatario.

 

Así pues, en líneas generales, se puede afirmar que la ley deja en manos de cada comunidad de vecinos la aplicación de estatutos comunitarios específicos para el uso y disfrute de sus zonas comunes, pero dichas normas no pueden aplicarse en ningún caso al ámbito privado de los propietarios.

 

 Claves para la tenencia de perros en comunidades de vecinos

Hemos dejado de manifiesto que no hay ninguna ley que te prohíba tener un perro si vives en una comunidad de vecinos. Sin embargo, como el objetivo final debe ser una convivencia tranquila para todos, hemos recopilado para ti siete claves que debes tener siempre en cuenta y que te ayudarán a evitar posibles problemas con el resto de los vecinos del bloque.

  1. Aunque los estatutos de la comunidad de propietarios no pueden prohibirte tener un perro dentro de tu domicilio, sí que pueden prohibir su presencia en las zonas comunes de la misma, como ascensores o jardines.

  2. Dicha prohibición no puede, en principio, afectar a razas específicas, y debe ser siempre aprobada por la mayoría de los miembros de la comunidad de vecinos mediante la celebración de una junta de propietarios.

  3. Como propietario del perro, tu obligación es asegurarte de mantenerlo controlado y de evitar que cause molestias de cualquier tipo al resto de vecinos.

  4. En caso de que tu perro rompa algo o cause algún desperfecto en las zonas comunes del inmueble, es tu responsabilidad repararlo.

  5. Igualmente sucede con la suciedad o los excrementos que pueda dejar el perro en las zonas comunes del edificio: recogerlos y limpiarlos es tu entera responsabilidad.

  6. Si tienes un perro de una raza considerada como potencialmente peligrosa, deberás cumplir las normas y requisitos establecidos por la legislación española para la tenencia de este tipo de razas. Dichas normas pueden consultarse en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.

  7. Utiliza el sentido común: incluso si las normas de la comunidad de vecinos no dicen nada al respecto, asegúrate de llevar a tu perro sujeto con una correa cuando salgas a pasear con él por las zonas comunes. Mucha gente tiene miedo de los perros, especialmente cuando son de gran tamaño, y utilizar la correa puede evitarte más de una sorpresa desagradable.

Por otro lado, recuerda que todos los propietarios de animales deben cumplir con las normas establecidas en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

 

Estas normas incluyen, entre otras cosas, la limitación del número de animales que se pueden tener en un piso (no podrás convivir con más de cinco perros o gatos) y la prohibición de dejar al perro solo en casa y sin supervisión de ningún tipo durante más de 24 horas.

Los perros son unos animales tan increíbles y alegres como enérgicos, y educarlos convenientemente es un proceso largo y complicado.

 

Sin embargo, utilizando la lógica y el sentido común, y recurriendo al diálogo en caso de problemas, te resultará sencillo que tu comunidad de vecinos reciba con los brazos abiertos a tu compañero peludo.

 

En Reale tenemos seguros para comunidades de vecinos, cuyo objetivo es ayudar a salvaguardar el patrimonio comunitario y servir de escudo ante los posibles riesgos que puedan hacer peligrar sus elementos comunes.