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Plan MOVES III: ¿Qué es y cómo solicitarlo?

15 Mar 22

El Plan MOVES III del Gobierno pretende impulsar la transición hacia una movilidad sostenible y libre de emisiones a la atmósfera. Para ello dispone de una serie de partidas económicas en forma de ayudas.

Al finalizar la lectura de este artículo estarás al día de las posibles ayudas y subvenciones que puedes solicitar para la compra de vehículos eléctricos con características recogidas en el plan MOVES III.

¡No pierdas detalle!

En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:

¿Qué es el Plan MOVES III?

El plan MOVES III es un programa del Gobierno de España enmarcado dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo y que recoge ayudas directas a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla con el objetivo de incentivar la compra de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructuras para la recarga de los mismos.

 ¿Cuáles son los fundamentos del Plan MOVES III?

Para facilitarte la comprensión y el alcance del Plan MOVES III hemos recopilado los puntos fundamentales de estos incentivos a la movilidad eléctrica.

 Vehículos incluidos

Dentro del epígrafe de vehículos eléctricos, las ayudas del plan MOVES III incluyen:

  • Turismos – Categoría M1.

  • Furgonetas – Categoría N1.

  • Motocicletas eléctricas – Categorías L3e, L4e y L5e.

  • Cuadriciclos eléctricos – Categorías L6e y L7e.

Además, estos vehículos deberán figurar en la Base de Vehículos del Instituto de la Diversificación y Ahorro de la Energía –IDAE-.

No se incluyen en este plan los vehículos de las categorías M2 y M3 (autocares o autobuses) ni los de las categorías N2 y N3 (camiones o furgones).

 Beneficiarios

Puedes considerarte entre los beneficiados que pueden solicitar el plan MOVES III si eres particular, autónomo, empresa o entidad pública, y siempre que cumplas con los requisitos de concesión establecidos por las CC. AA., Ceuta y Melilla.

Dotación económica

Inicialmente el MOVES III arranca con una dotación de 400 millones de euros susceptibles de aumentar en caso de existir disponibilidad en los Presupuestos y antes de que expire su plazo de vigencia.

 Importe de las ayudas

El importe de las ayudas a las que puedes optar se establece atendiendo a la persona solicitante, al tipo de vehículo que vas a comprar, a su precio, a su autonomía y a si vas a entregar o no el vehículo anterior para achatarramiento.

Así llegamos a las siguientes cifras para las personas físicas que desarrollan actividades económicas por las que ofrecen bienes y/o servicios en el mercado, para las personas mayores de edad, las comunidades de propietarios y las entidades locales sin actividad económica.

 Vehículos de Pila de combustible (FCV, FCHV) – Categoría M1

  • Sin achatarramiento – 4.500 €.

  • Con achatarramiento – 7.000 €.

Vehículos PHEV, EREV, BEV – Categoría M1 – Autonomía entre 30 y 90 km

El límite de precio de compra será de 45.000 € o de 53.000 € si el vehículo es BEV de 8 o 9 plazas.

  • Sin achatarramiento – 2.500 €.

  • Con achatarramiento – 5.000 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV – Categoría M1 – Autonomía superior a 90 km

El límite de precio de compra será el mismo que en el caso anterior, esto es, de 45.000 € o de 53.000 € si el vehículo es BEV de 8 o 9 plazas.

  • Sin achatarramiento – 4.500 €.

  • Con achatarramiento – 7.000 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV, Pila combustible – Categoría N1 – Autonomía mayor o igual a 30 km

  • Sin achatarramiento – 7.000 €.

  • Con achatarramiento – 9.000 €.

 Vehículos BEV – Categoría L6e

  • Sin achatarramiento – 1.400 €.

  • Con achatarramiento – 1.600 €.

 Vehículos BEV – Categoría L7e

  • Sin achatarramiento – 1.800 €.

  • Con achatarramiento – 2.000 €.

 Vehículos BEV – Categoría L3e, L4e, L5e, con Potencia mayor o igual a 3 kW – Autonomía igual o mayor de 70 km

El límite del precio de compra es de 10.000 €.

  • Sin achatarramiento – 1.100 €.

  • Con achatarramiento – 1.300 €.

Para las personas jurídicas válidamente constituidas en España, para las entidades con Número de Identificación Fiscal que comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, para las entidades locales con actividad económica y las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación con NIF que empiece por V, las ayudas del Plan MOVES III son las que siguen:

 Vehículos de Pila de combustible (FCV, FCHV) – Categoría M1

  • Sin achatarramiento PYME – 2.900 €.

  • Sin achatarramiento Gran Empresa – 2.200 €.

  • Con achatarramiento PYME – 4.000 €.

  • Con achatarramiento Gran Empresa – 3.000 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV – Categoría M1 – Autonomía entre 30 y 90 km

El límite de precio de compra será de 45.000 € o de 53.000 € si el vehículo es BEV de 8 o 9 plazas.

  • Sin achatarramiento PYME – 1.700 €.

  • Sin achatarramiento Gran Empresa – 1.600 €.

  • Con achatarramiento PYME – 2.300 €.

  • Con achatarramiento Gran Empresa – 2.200 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV – Categoría M1 – Autonomía superior a 90 km

El límite de precio de compra vuelve a ser el mismo que en el caso anterior, esto es, de 45.000 € o de 53.000 € si el vehículo es BEV de 8 o 9 plazas.

  • Sin achatarramiento PYME – 2.900 €.

  • Sin achatarramiento Gran Empresa – 2.200 €.

  • Con achatarramiento PYME – 4.000 €.

  • Con achatarramiento Gran Empresa – 3.000 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV, Pila combustible – Categoría N1 – Autonomía mayor o igual a 30 km

  • Sin achatarramiento PYME – 3.600 €.

  • Sin achatarramiento Gran Empresa – 2.900 €.

  • Con achatarramiento PYME – 5.000 €.

  • Con achatarramiento Gran Empresa – 4.000 €.

Vehículos PHEV, EREV, BEV, Pila combustible – Categoría L6e

  • Sin achatarramiento PYME o Gran Empresa – 800 €.

  • Con achatarramiento PYME o Gran Empresa – 1.000 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV, Pila combustible – Categoría L7e

  • Sin achatarramiento PYME o Gran Empresa – 1.200 €.

  • Con achatarramiento PYME o Gran Empresa – 1.500 €.

 Vehículos PHEV, EREV, BEV, Pila combustible – Categoría L3e, L4e, L5e, con Potencia mayor o igual a 3 kW – Autonomía igual o mayor de 70 km

El límite del precio de compra es de 10.000 €.

  • Sin achatarramiento PYME – 750 €.

  • Sin achatarramiento Gran Empresa – 700 €.

  • Con achatarramiento PYME – 950 €.

  • Con achatarramiento Gran Empresa – 900 €.

 Puntos de recarga

Tanto si eres un particular como si lo solicitas en nombre de la comunidad de propietarios, la cuantía de la subvención será de hasta el 70%.

Si la localidad donde resides cuenta con una población inferior a 5.000 habitantes, la ayuda puede llegar hasta el 80%.

 Incompatibilidades

Las ayudas del Plan MOVES III son incompatibles con subvenciones y/o ayudas enfocadas en la misma finalidad cualquiera que sea la Administración, Organismo o ente –público, privado, nacional, europeo o internacional– que lo conceda.

 Calendario

El plazo de presentación de solicitudes tiene como fecha límite el 31 de diciembre de 2023 y serán de aplicación las formas y consideraciones de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla según el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.

 ¿Cómo solicitar el Plan MOVES III?

Como ya te hemos comentado, la solicitud de ayudas para acogerte al Plan MOVES III depende de cada Comunidad Autónoma.

A continuación te compartimos una lista con el nombre de la comunidad enlazando a la información relacionada con las solicitudes y requisitos:

En Reale Seguros apostamos por ofrecer a nuestros clientes productos lo más completos posible y que cubran las distintas necesidades que van apareciendo en el mercado.

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