¿Seguro de vida o de decesos? ¿Cuál te conviene más y en qué casos? Esta es una consulta muy habitual en las aseguradoras, ya que, aunque son dos tipos de seguros muy populares, no siempre se conocen bien sus distintas coberturas y características.
En Reale Seguros hemos preparado este artículo para ayudarte a decidir entre estos dos seguros, que cubren el mismo riesgo –el fallecimiento– pero de distinto modo. ¡Sigue leyendo!
En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:
Seguro de vida o de decesos, ¿Qué son?
Lo primero que debes saber es que el seguro de vida y el de decesos tienen en común que ambos se activan con el fallecimiento del asegurado, pero ahí se termina su parecido, ya que cubren supuestos y tienen prestaciones económicas muy distintas.
Repasemos juntos sus principales características.
Seguro de vida
El seguro de vida por su parte es un tipo de aseguramiento que cubre el riesgo de muerte o incapacidad (total o absoluta) de la persona asegurada, garantizando una indemnización económica a los beneficiarios de la póliza tras el fallecimiento.
Con este seguro el tomador o asegurado busca cubrir las necesidades económicas –pago hipoteca, gastos estudios, etc.– de las personas a su cargo, habitualmente el cónyuge o sus descendientes (hijos), en caso de que fallezca o sufra algún percance que le incapacite y le impida generar ingresos suficientes.
En este artículo del blog entramos a detalle en los tipos de seguros de vida y cómo funcionan.
Seguro de decesos
El seguro de decesos es la póliza que cubre los gastos funerarios que conlleva el fallecimiento de la persona asegurada. Es decir, ahorra a los familiares del difunto el pago de los costes del sepelio (tanatorio, entierro, cremación o incluso repatriación) y todos los trámites relacionados.
Popularmente es conocido como el “seguro de los muertos”.
El de decesos es uno de los seguros con más tradición en España, de hecho, las pólizas de seguros se encargan de gestionar 3 de cada 5 entierros realizados en nuestro país, según datos de UNESPA, la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras.
Si quieres ampliar información sobre este tema te recomendamos revisar este artículo de nuestro blog: ¿Qué cubre el seguro de decesos?
Pasemos ahora a analizar detenidamente estos dos tipos de pólizas.
Principales diferencias entre un seguro de vida y un seguro de decesos
Antes de repasar las diferencias principales entre el seguro de vida y el de decesos, es importante que sepas que, junto a sus coberturas básicas, ambos pueden incluir garantías opcionales con el fin de adaptarse a tus circunstancias personales.
Así, te puedes encontrar con variantes como el seguro de decesos con repatriación (en el caso de decesos) o los seguros de vida ahorro, que combinan coberturas por fallecimiento y características propias de un plan de previsión.
Coberturas
La cobertura principal del seguro de vida es proporcionar una compensación económica a sus beneficiarios en caso de fallecimiento del tomador o asegurado.
Esta tipología de seguro te podría cubrir también la invalidez parcial o total según lo que se haya contratado y en algunos supuestos permite incluso solicitar un anticipo de la indemnización.
Por su parte, como hemos mencionado el seguro de decesos cubre el coste del sepelio de la persona asegurada y los trámites relacionados con el mismo.
Normalmente hay un tope económico en la cantidad que se abona, por lo que si los gastos del fallecimiento son mayores de dicha cifra, el resto deberán pagarlo los familiares o allegados del finado.
Motivo de contratación
El seguro de vida busca aliviar el impacto económico del fallecimiento de una persona que tiene a su cargo otras, normalmente hijos o cónyuge. Por su parte, el de decesos tiene como objetivo evitar a la familia el pagar los gastos relacionados con el funeral, traslado del cadáver y el sepelio o incineración del mismo.
En lo que respecta al seguro de decesos, te recordamos que en España el coste promedio de un entierro sencillo es de unos 3.500 euros, un importe que puede variar mucho según el tipo de sepelio y la comunidad autónoma en que se produzca el deceso.
Consulta este otro artículo de nuestro blog si quieres saber cuánto cuesta un seguro de decesos y por qué contratarlo.
Ventajas y suma asegurada
La ventaja principal del seguro de vida es la tranquilidad de conocer con exactitud el capital que tus seres queridos recibirán en caso de fallecimiento o invalidez, ya que como tomador del seguro (que suele coincidir con el asegurado en estos casos) puedes escoger la cifra concreta que recibirán.
Además, con los seguros de vida se pueden contratar coberturas relacionadas con la invalidez (total o absoluta) tras un siniestro, de manera que es un seguro que podría cobrarse también en vida.
En el caso del seguro de decesos como interesado no puedes elegir directamente la cuantía económica que cubre el sepelio, sino que lo establece la aseguradora teniendo en cuenta los servicios fúnebres que se deseen contratar llegado el momento y dónde tendrá lugar el enterramiento.
Comunicación del siniestro
Según la normativa que rige todos los seguros, el plazo máximo para que el beneficiario comunique el siniestro –en estos casos, el fallecimiento– a la compañía de seguros es de siete días, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio.
Como te puedes imaginar, en los seguros de decesos la comunicación se suele realizar de manera inmediata, para que la compañía active la prestación de los servicios funerarios lo antes posible.
Nota importante: Si fallece un familiar y desconocemos si tenía o no un seguro de vida o decesos en vigor, se puede acudir al Registro de Contratos de Seguros y consultar si dicho familiar tenía algún contrato con coberturas por fallecimiento.
Contratación
¿Quién puede contratar un seguro de vida o de decesos? Existen unos límites de edad que debes conocer.
Los menores de 14 años no pueden suscribir un seguro de vida, tampoco normalmente las personas mayores de 70 años.
Por su parte, en principio cualquier persona puede contratar un seguro de decesos, independientemente de su edad. Eso sí, a más edad, mayor será la prima final que te cobren, ya que como es obvio el riesgo de fallecimiento es más elevado y, por tanto, el riesgo a asumir por parte de la compañía de seguros.
Seguro de vida o de decesos, ¿Cuál te conviene?
Como siempre, elegir entre un seguro de vida o de decesos depende de tus necesidades y circunstancias personales.
En este punto es importante resaltar que son seguros complementarios, ya que se pueden compatibilizar. Como hemos visto su finalidad es muy distinta, así como las coberturas que te ofrecen.
Estas son algunas de las consideraciones que te ayudarán a escoger:
Hoy en día los seguros de vida son más flexibles que nunca, además de poder elegir entre sus cuatro tipos principales: vida riesgo, vida ahorro, vida mixtos o seguros de vida colectivos, puedes personalizar prácticamente todas sus coberturas para lograr la protección más completa para ti y los tuyos.
Si te decides a contratar un seguro de vida, desde Reale Seguros te recomendamos que compares varias opciones y que compruebes la letra pequeña, desde las comisiones a las coberturas exactas, ya que es una inversión a largo plazo.
Lo habitual es que el seguro de vida se contrate a partir de los 30 años, cuando se empiezan a tener más cargas económicas, por ejemplo, una hipoteca, y familiares con el nacimiento de los hijos.
Si tienes dudas sobre si contratar un seguro de decesos, ten en cuenta que puedes elegir un seguro de vida que lo incluya, aunque lo más habitual es que se contrate por separado.
En Reale Seguros queremos aportarte tranquilidad en todas las etapas de tu vida.
Si tienes dudas sobre cuál es el seguro de vida o seguro de decesos que más te conviene, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos en lo que necesites.