La tasa de basuras es el importe que pagamos los ciudadanos a cambio de la gestión de nuestros residuos sólidos urbanos. Es una tasa que queda a discreción de cada municipio y que solo 8 municipios, capitales de provincia, como Barcelona, Madrid o Valencia, no la aplican a sus ciudadanos.
Conoce todo lo que te interesa sobre esta tasa:
- ¿Qué es la tasa de basuras?
- ¿Quién debe pagar la tasa de basuras?
- Cuándo se paga la tasa de basuras o de residuos sólidos urbanos
¿Qué es la tasa de basuras?
La tasa de residuos sólidos urbanos o “tasa de basuras” es el importe que pagamos los ciudadanos a cambio de una determinada contraprestación, en este caso, a cambio de la recogida y gestión de nuestros residuos. Al tratarse de una tasa y no de un impuesto, el coste de la misma nunca puede superar el coste del servicio prestado, lo que significa que no tiene como finalidad obtener un beneficio económico, (por quien impone la tasa). Esta tasa es de origen municipal y no es igual en todos los municipios, incluso en algunos de ellos no existen, como es el caso de Madrid o Barcelona.
Las particularidades municipales del impuesto
Como ya hemos adelantado se trata de una tasa de carácter municipal, lo que implica que cada Ayuntamiento la regula según sus potestades, objetivos y guías políticas. Al margen de que quede a discreción de cada ayuntamiento, imponerla o no a sus ciudadanos, existen unas bases mínimas que siempre deben respetarse.
En 2017, según el informe de Ranking Tributario de los Municipios Españoles, de 2017, elaborado por La Agencia tributaria de Madrid, de los 52 municipios capitales de provincia, solo 8 no financian este servicio mediante una tasa específica, para la gestión de residuos sólidos urbanos. Estas ocho capitales de provincia son: Badajoz, Barcelona, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid, Málaga, Pamplona, Valencia, Valladolid.
Tipos de tasas:
Existen dos tipos de tasas, de carácter fijo y variable. Las primeras de ellas son aquellas en las que todo el mundo pagará la misma cantidad, con independencia de las características de su vivienda (metros, zona, valor catastral, etc), o la renta de sus propietarios. En el segundo tipo, el importe se calcula de forma más personalizada y variables como las anteriores, determinan el importe final de la tasa que cada uno de nosotros deberemos de pagar.
¿Qué incluye la tasa de basuras?
Esta tasa se paga por todas las actividades que componen la cadena de operaciones que se realizan en la gestión de residuos, cómo:
La recogida de residuos.
El transporte de los residuos.
El almacenaje de las bolsas de basura
La separación y clasificación para el posterior reciclaje
¿Quién debe pagar la tasa de basuras?
Una primera interpretación del concepto de sujeto pasivo que aplica a esta tasa, señala como obligado tributario al propietario de los inmuebles de la zona donde se presta el servicio. Al tratarse de un servicio público, con efectos beneficiosos en salubridad y en seguridad, para la colectividad de personas que viven en un determinado entorno, resulta indiferente que el propietario de una vivienda o local, no la utilice, debiendo ser abonada por: Personas físicas, personas jurídicas y entidades como las herencias yacentes o las comunidades de bienes y otras que constituyen un patrimonio separado susceptible de imposición. Existen además determinadas situaciones en las que no queda del todo claro quién debe de hacer frente a esta tasa, como son:
¿Quién debe pagar la tasa de basuras en un piso de alquiler?
Si eres propietario, pero has alquilado un inmueble o estás viviendo en una casa de alquiler, la tasa puede ser pagada por el arrendador del inmueble (dueño del bien) o por el arrendatario (inquilino). Se trata de una decisión que, en la mayoría de los casos quedará regulado en el propio contrato de alquiler, aunque la opinión mayoritaria es que a falta de pacto entre arrendador y arrendatario, quien debe pagar la tasa es el propietario del inmueble.
¿Quién paga esta tasa en la venta de un piso?
Al igual que en el caso anterior en el caso de una compra-venta, se estará a lo pactado por las partes intervinientes en el contrato y en caso de no quedar regulado, deberá ser el comprador el que lo abone y entregue el inmueble, libre de cualquier carga, tasa o impuesto, que se hayan devengado hasta la fecha de formalización del contrato.
Veamos esto con un ejemplo de lo que ocurría en Madrid, mientras ha estado vigente esta tasa:
En este sentido, el portal web del Ayuntamiento de Madrid declara inequívocamente que el contribuyente de esta tasa es el beneficiado, pero que su sustituto es el propietario y determina que el obligado al pago es el titular del inmueble a 1 de enero de cada ejercicio.
Dicho de otro modo, si el inmueble se enajenara a lo largo del ejercicio, el nuevo propietario no debería pagar la tasa correspondiente al mismo.
Debo pagar la tasa de basuras si tengo una segunda vivienda, en la que no resido de forma habitual
En este caso y como adelantábamos más arriba, el hecho de no residir en la vivienda, no exime al propietario de tener que satisfacer la correspondiente tasa.
Cuándo se paga la tasa de basuras o de residuos sólidos urbanos
La tasa se pagará por primera vez una vez que se instaure el servicio de recogida en tu vivienda o local y por lo tanto no deberás abonarla cuando el inmueble se encuentre en construcción o si en la zona en la que tienes la vivienda o local, no llega este servicio, incluso aunque este se encuentre en un municipio que tenga instaurada este tipo de tasas.
No obstante al ser los ayuntamientos los que tiene competencias sobre este tipo de tasas, dependerá de ellos su regulación expresa y por tanto la definición de sus particularidades.
El primer pago se debería abonar de forma proporcional a los meses de servicio que vas a recibir (desde la fecha de entrega o de compra de la vivienda, o inicio de actividad) y en adelante se abonara por anualidades, devengándose en la fecha que en la que lo regule cada ayuntamiento.
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