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Baja temporal de un vehículo: cuándo y cómo se puede solicitar

13 Feb 23

La baja temporal de un vehículo te puede eximir, en determinadas circunstancias, de costes tales como el pago del Impuesto de Circulación o de pasar la Inspección Técnica de Vehículos, pero en esas circunstancias no puedes circular, ni dejarlo estacionado en la vía pública.

 

La baja temporal es una situación que puedes revertir en cualquier momento o transformar en baja definitiva si las circunstancias así lo requieren. En cualquier caso, debes conocer cómo proceder para no incurrir en infracciones.

 

Si no vas a utilizar tu vehículo durante algún tiempo, si te lo han robado o si lo vas a vender, no te pierdas la siguiente información porque te explicamos cuándo y cómo puedes solicitar la baja temporal de tu vehículo.

¿En qué consiste la baja temporal de un vehículo?

La baja temporal de un vehículo te permite, en el caso de que no lo vayas a utilizar durante un tiempo, ahorrar los costes ligados a las obligaciones que requiere estar de alta, como pagar el Impuesto de Circulación (IVTM) o tener que pasar con éxito la Inspección Técnica de vehículos (ITV).

 

Además, es importante que sepas que no puedes dar de baja, ni temporal ni definitiva, un vehículo que tenga un precinto. Primero debes cancelarlo, para luego poder cursar la solicitud de baja.

En lo que concierne a la baja temporal de un vehículo agrícola debes darlo de baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma en la que lo tengas domiciliado, como paso previo a la solicitud en la Dirección General de Tráfico (DGT).

 ¿Cuándo solicitar la baja temporal de tu vehículo?

Existen 4 situaciones en las que puedes requerir la tramitación de la baja temporal de tu vehículo:

  1. Si no vas a circular con él durante un tiempo. La baja temporal, como ya te hemos anticipado, evita que incurras en gastos innecesarios.

  2. Si te sustraen el vehículo. En este caso debes poner una denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Ellos son los encargados de tramitar la baja temporal de tu vehículo y el alta si, llegado el caso, lo recuperas.

  3. Si vendes tu vehículo. Debes solicitar la baja temporal por transmisión y notificar la identidad y domicilio del comprador, que aparecerá como poseedor del vehículo.

  4. Si finaliza tu contrato de alquiler con opción a compra. Finalizado el plazo de arrendamiento con opción a compra, el arrendador, de mutuo acuerdo con el arrendatario o bien por orden judicial, se debe dar de baja temporal para que el nuevo propietario realice los trámites para la transmisión del vehículo.

Antes de abordar qué pasos debes seguir para realizar este trámite, no olvides que, de acuerdo con Real Decreto 265/2021 la baja temporal solo está vigente un tiempo máximo de un año.

Transcurrido ese plazo, puedes prorrogar la baja siempre que lo solicites en la DGT con 2 meses de antelación y puedes ir encadenando prórrogas de un año de manera ilimitada.

 

Esta medida se aplica con la intención de evitar que algunos talleres o personas busquen evadir la obligación de llevar un vehículo a un centro autorizado de tratamiento de residuos (CAT) cuando su vida útil llega a su fin.

 

De no solicitar su renovación de la baja temporal, el vehículo pasará automáticamente a estar en alta administrativa, lo que supone que debes tener actualizadas tus obligaciones.

 ¿Cómo dar de baja temporal un vehículo en tráfico?

Puedes dar de baja temporal tu vehículo de manera sencilla tanto por internet, accediendo a la aplicación de la DGT, como de manera presencial en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.

 

La persona que puede acceder a este trámite es el titular del vehículo o en su defecto la persona designada por éste para representarlo, que deberá estar debidamente apoderada.

Requisitos para realizar el trámite por Internet

En el caso de que realices el trámite por Internet, debes contar con uno de estos identificantes para acceder al servicio:

  • Certificado digital.

  • DNI electrónico.

  • Credenciales cl@ve.

Además, es necesario que abones la tasa 4.1 en el mismo momento de la gestión mediante el botón de comprar o, en el caso de que la hayas abonado con anterioridad, que introduzcas el número de la tasa que aparece en la última página del justificante.

 

Para finalizar la solicitud introduce los datos que te piden en el registro y, adjunta, si es necesario, el justificante de baja en el ROMA para los vehículos agrícolas.

Requisitos para realizar el trámite de manera presencial

Si prefieres acudir en persona a dar de baja tu vehículo, el primer paso es que solicites una cita previa a través de internet o llamando al 060.

 

A la cita con la DGT debes aportar:

  • La solicitud oficial

  • Tu identificación –DNI, permiso de conducir español, tarjeta de residencia o pasaporte más el Número de Identificación de Extranjeros (NIE)–.

  • El justificante de pago de la tasa 1 que ronda los 9€. Si no la has abonado con anterioridad puedes pagarla en el momento de realizar el trámite mediante pago con tarjeta de crédito o débito.

Si tu vehículo es agrícola, como ya sabes, debes aportar su baja en el ROMA que corresponda.

 ¿Puedes dar de baja tu vehículo sin su documentación?

En el caso de que hayas extraviado o te hayan robado la documentación puedes dar de baja temporal tu vehículo presentando cumplimentada la declaración responsable de extravío.

 

Si te han sustraído los papeles del coche realiza la denuncia oportuna para dejar constancia de lo ocurrido.

 ¿Cómo dar de alta un vehículo en baja temporal?

Si la baja temporal de tu vehículo está activa puedes darlo de nuevo de alta en cualquier momento, pero recuerda que debes estar al día con la ITV, los impuestos municipales y debes disponer de un seguro de coche en vigor.

 

Además, en el caso de los vehículos agrícolas, debes proceder como en el caso de la baja temporal, es decir, dándolo de alta primero en el ROMA de la Comunidad Autónoma de la Comunidad Autónoma en la que esté inscrito.

 

El alta del vehículo en la DGT puedes realizarla, como ocurre en el caso de la baja temporal, tanto a través de internet como de forma presencial –no olvides solicitar cita previa por internet o llamando al 060– previa acreditación de tu identidad o de la del representante y abonando la tasa 4.1.

 

Si, por el motivo que sea, ya no vas a utilizar tu vehículo, es imprescindible que lo des de baja definitivamente. Esto implica llevar el vehículo a un centro de tratamiento o desguace autorizado. El mismo centro tramita la baja de tu vehículo en la DGT sin que tengas que desplazarte tú.

 

Si has dado de baja tu vehículo y estás pensando en comprarte uno nuevo, en Reale Seguros somos expertos en asegurar tu coche.

 

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