Las razones para dar de baja una moto pueden ser muchas y contemplan desde la baja por robo hasta porque quieras comprar otro modelo. Pero la pregunta que nos hacemos en este artículo va más allá: ¿se puede dar de alta una moto dada de baja previamente? Es más, ¿cómo has de dar de alta una moto que habías dado de baja?
Si quieres despejar estas y otras dudas sobre el tema, lo tienes fácil, sólo tienes que seguir leyendo hasta el final este artículo en el que te esclarecemos todos los detalles.
En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:
¿Qué pasa cuando una moto está dada de baja?
Pues además de la evidente prohibición para que esa moto circule de forma legal, nos encontramos con una serie de hechos ciertos.
A saber:
La moto estará dada de baja en la Dirección General de Tráfico.
No contará con un seguro de moto en vigor.
No estará al corriente en las revisiones de la Inspección Técnica de Vehículos.
Y todo esto ya nos da las pistas para pasar al epígrafe siguiente.
¿Cómo dar de alta una moto dada de baja?
Previo a enumerar los requisitos necesarios para dar de alta una moto que diste de baja queremos aclararte que hay dos tipos de bajas.
La baja temporal.
La baja definitiva.
Vamos a ver cómo debes proceder al alta en cada uno de los casos.
Dar de alta una moto de baja temporal
Los tres principales motivos para dar de baja una moto de forma temporal es por haber sufrido un robo de la misma, por traslado al extranjero o por afrontar una situación económica que te lleva a recortar gastos y, por consiguiente, a que paralices los gastos fijos asociados a tener tu moto dada de alta. En realidad, hay un supuesto más que se da con bastante frecuencia y que es cuando los propietarios quieren dar de baja su vehículo de dos ruedas pero no acaban de encontrar comprador para ella.
Lo bueno de acreditar que eres el titular de una moto en situación de baja temporal es que podrás solicitar su alta en cualquier momento, lo que a su vez te posibilitará para poder circular con ella.
Pero ojo, antes deberás estar al día con el vehículo ante la Inspección Técnica o ITV y tener el seguro de moto en vigor y debidamente pagado. En caso de que no tengas la ITV al día, tendrás que pasar la revisión pertinente y hacerte con el informe favorable de este organismo.
Además de lo anterior, deberás estar al corriente en el pago del Impuesto de Circulación municipal del año en el que solicitas el alta.
¿Qué documentación debes aportar?
Son tres documentos obligatorios los que debes presentar ante la Jefatura Provincial de Tráfico.
Impreso oficial debidamente cumplimentado. Este es el modelo.
Acreditación de identidad del interesado. Dependerá de si eres una persona física, en cuyo caso te servirá el DNI, el pasaporte, el carnet de conducir español, la tarjeta de residencia y el NIE si eres residente extranjero. En el supuesto de personas jurídicas será necesaria la tarjeta de identificación fiscal y la acreditación de la persona que actúa en representación de la empresa (aquí tienes el impreso de representación). Para los menores e incapacitados serán necesarios los datos acreditativos del padre, la madre o el tutor legal, esto es, el DNI y/o el documento que avale la tutoría legal.
Justificante del pago de tasas
El trámite lo podrás realizar presencialmente entregando toda la documentación en la DGT tras solicitar cita previa llamando al teléfono 060 o por Internet.
También puedes realizar el trámite por vía telemática usando a tal efecto el Registro Electrónico. Este trámite no es posible realizarlo telemáticamente si el alta corresponde a un vehículo para el que se solicitó una baja temporal por robo.
Dar de alta una moto de baja definitiva
En esta ocasión son dos supuestos en los que puedes dar de alta una moto dada de baja de forma definitiva:
Motos dadas de baja definitiva por traslado a otro país y que posteriormente han vuelto a España.
Motos en baja definitiva por destrucción datada antes del 13 de febrero de 2004 (los vehículos dados de baja definitiva con fecha posterior a la mencionada no podrán ser nuevamente dados de alta).
Deberás presentar ante la DGT un documento que justifique que el vehículo es de interés histórico. Además, la moto deberá conservar el bastidor original con el número de chasis grabado correctamente. Al igual que en el alta tras la baja temporal de la moto, será necesario pasar la ITV, contar con un seguro en vigor y en regla, y pagar el Impuesto Municipal de circulación.
¿Qué documentación debes aportar?
Solicitud en impreso oficial.
Acreditación de identificación. Los documentos acreditativos son los mismos que en el trámite de alta de moto dada de baja de forma temporal.
En caso de no ser titular del vehículo, documento que acredite la propiedad (contrato o documento notarial junto con el justificante de pago o exención del ITP).
Certificado de adjudicación en subasta.
¿Cuánto cuesta dar de alta una moto que está de baja temporal?
Si tramitas el alta de una moto dada de baja temporalmente tendrás que pagar la tasa 4.1 que asciende a 8,50 euros.
Si tramitas el alta de una moto dada de baja definitivamente deberás abonar la tasa 1.1 de 97,80 euros y en el caso de ciclomotores la tasa 1.2 de de 27,30 euros.
Recuerda que a estos importes debes sumarles el resto de los costes ya mencionados como ITV o seguro de moto obligatorio. Si quieres información sobre este último puedes pedirnos una consulta en nuestra web o en cualquiera de nuestra red de oficinas.