Conocer la relación que existe entre las deudas de autónomos y Hacienda puede ser más complicado de lo que a priori parece y, de hecho, muchos profesionales por cuenta propia no saben si las tienen, qué importes están afectados, en qué situación está su reclamación y lo que es peor tampoco saben cómo saldarlas.
Antes de buscar las soluciones a un problema, lo primero es conocer el verdadero alcance del mismo para que las decisiones sean acordes a su magnitud.
Este mismo planteamiento es el que vamos a aplicar en este artículo y así, primero repasaremos la forma como un emprendedor puede conocer el estado de sus deudas con Hacienda para después detallar las opciones a su disposición para liquidarlas y/o aplazarlas.
En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:
¿Cómo saber las deudas de autónomos con Hacienda?
La transformación digital se ha implementado en distintos ámbitos a tu alrededor y como no podía ser de otra forma también ha desembarcado en las Administraciones y Organismos Oficiales con las que te relacionas.
Este avance ha supuesto un punto y aparte, por ejemplo, a la hora de conocer las deudas de los autónomos con Hacienda, tanto si dichos adeudos son a nivel estatal como si lo son a nivel de Comunidad Autónoma.
En este sentido, todas ellas se han preocupado de habilitar opciones seguras en sus respectivas webs o en sus apps para que si eres un profesional por cuenta propia puedas acceder por medio de tus propios datos identificativos –y cuidando tu ciberseguridad– a un listado detallado de los importes de tus adeudos pendientes de liquidación con la Administración.
Además de los importes, desde estos canales también podrás conocer el concepto, el motivo y la situación en que se encuentran tus deudas siendo 3 los tipos posibles de estado de las mismas:
- Abonada.
En providencia de apremio.
En fase de embargo.
Estar al tanto de la situación de tu deuda comporta más ventajas de las que quizás imaginas, en concreto te permite:
Evitar posibles embargos. De esta forma y en casos urgentes puedes anticiparte a medidas extremas y frenar sus consecuencias.
Hacer una selección y diseñar un calendario de pagos prioritario mostrando qué deudas es más urgente liquidar en caso de no poder afrontar el pago en su totalidad.
Solicitar aplazamientos o fraccionamientos de pago. Si no dispones de liquidez suficiente, esta es una opción a considerar aunque debes saber desde ahora que puede conllevar una serie de intereses a aplicar sobre la deuda y en función del tiempo que retrases su pago.
Saldar todas tus deudas de autónomos si cuentas con recursos suficientes. No olvides solicitar un certificado de estar al corriente de pagos con las distintas Administraciones cuando lo hagas.
¿Cómo saldar las deudas de autónomos y Hacienda?
Como ya hemos anticipado, una vez conocida, la liquidación de la deuda de autónomos con Hacienda la podrás llevar a cabo por su totalidad o de forma parcial instrumentalizándola mediante aplazamientos o fraccionamientos.
En todos los casos, harás efectivo el pago contra una cuenta bancaria de tu titularidad y en la que se te domiciliarán la liquidación o liquidaciones a realizar.
Si el desembolso lo realizas por la totalidad de la deuda esta queda saldada y el proceso termina aquí, pero si solicitas aplazamiento o fraccionamiento, el proceso sigue en marcha hasta que el importe quede totalmente satisfecho.
Antes de seguir adelante queremos hacerte saber que no todas las deudas que tengas por cuenta propia con Hacienda son susceptibles de ser aplazadas.
En relación a este punto, sí son susceptibles de solicitar aplazamiento –que te pueden conceder o rechazar– los pagos fraccionados y el total del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas –IRPF–, las declaraciones trimestrales del Impuesto sobre el Valor Añadido –IVA– y la cuantía correspondiente al pago del Impuesto de Sociedades.
En el caso del IRPF afecta a los modelos 130, 131 y 190, en el caso del IVA el modelo 303 será el afectado y en lo referente al Impuesto de Sociedades el aplazable es el modelo 200.
Por su parte, la declaración anual de IVA –modelo 390– al ser meramente informativa y no tener asociado ningún pago no se considera aplazable.
Siguiendo con las deudas inaplazables del calendario fiscal del autónomo, encontramos las generadas por retenciones e ingresos a cuenta declaradas en los modelos 111, 115 y 123, así como los pagos fracciones del Impuesto de Sociedades, modelo 202, y las ejecuciones de resoluciones firmes que desestiman reclamaciones y recursos.
Otra forma a la que los autónomos deudores con Hacienda pueden acogerse pasa por compensar devoluciones tributarias con deudas pendientes. Es frecuente aplicar esta opción cuando así se permite entre IVA e IRPF.
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