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Inquilino: definición, tipos, obligaciones y derechos

14 Dic 21

¿Tienes un inquilino o estás pensando en alquilar una vivienda? Tener una casa alquilada puede resultar una fuente interesante de ingresos en los tiempos que corren, pero también puede ser origen de graves problemas.

En este artículo te vamos a ayudar a comprender mejor la relación contractual entre arrendador y arrendatario.

Recuerda que un correcto asesoramiento previo evita conflictos entre las partes y reduce los riesgos. Es por lo tanto fundamental tener claro los derechos y obligaciones del inquilino para poder responder a cualquier eventualidad de la mejor manera y que la gestión de alquiler sea beneficiosa para ambos.

¿Qué es un inquilino?

Un inquilino o arrendatario es la persona que recibe una casa en alquiler –al completo o parte de ella– para habitarla y por ello paga una renta mensual acordada con el dueño o arrendador.

La relación entre inquilinos y propietarios está regulada por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.

Los arrendamientos de vivienda se rigen por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes y quedan plasmados en un contrato de alquiler que sirve de referencia para ambos.

Dependiendo de lo establecido en el contrato, las normas reguladoras del arrendamiento de una vivienda pueden extenderse también a elementos del contenido como el mobiliario, así como a otras partes –continentes– como los trasteros, las plazas de garaje y a cualquier otro servicio o espacio cedidos como accesorios de la finca.

Tipos de inquilino

Si vas a alquilar tu propiedad, es fundamental conocer los diferentes tipos de inquilino que puedes encontrar:

 Estudiantes

En relación a los pagos acostumbran a ser buenos inquilinos y, por lo general, su riesgo de morosidad es bajo, dado que suelen estar respaldados por sus padres.

Si están cómodos se quedarán el tiempo que duren sus estudios, por lo que puede entenderse como un tipo de alquiler de largo recorrido en el que el arrendatario cuenta con unos ingresos garantizados en un plazo de tiempo extenso.

 Singles

En este caso, se trata de una persona sola, generalmente, suele ser un joven que se acaba de independizar o una persona adulta recién divorciada o separada.

La mayoría de los inquilinos de este tipo son trabajadores, serios y responsables, que buscan evitar los problemas con sus caseros para no tener que andar mudándose de continuo.

 Parejas sin hijos 

El perfil en este caso es de inquilinos de entre 25 y 40 años, que cuentan con dos sueldos y suelen ser solventes y fiables.

Hay varias opciones que cubren este perfil, encontramos a aquellas parejas sin hijos que tienen clara su apuesta por el alquiler y que pueden haber elegido motu proprio no solicitar un préstamo y firmar una hipoteca, o bien, aquellas que no tienen posibilidad de acceso a un préstamo o a presentar un aval bancario y tienen que recurrir al alquiler como única vía para hacerse con una vivienda.

 Familias

En España cada vez es más común que las familias opten por alquilar una casa en vez de comprarla. Si están cómodos tendrás una renta duradera.

Esto se debe a que en muchos casos y en muchas ciudades, la compra de una vivienda se hace complicada por precios o por disponibilidad, siendo el alquiler la única opción viable.

 ¿Existe el inquilino perfecto?

El inquilino perfecto o arrendatario AAA es una persona solvente que paga puntualmente el alquiler, conoce todas las cláusulas del contrato y las cumple al pie de la letra.

Además, algo en lo que no se suele hacer hincapié es que el inquilino perfecto es alguien que disfruta de la vivienda y la cuida. Esto es así porque la asume como “propia” y quiere que la casa que habita esté en óptimas condiciones.

¿Qué papel juega el arrendador?

El arrendador se obliga a ceder el uso temporal del bien propuesto a la persona que lo recibirá en alquiler.

Aunque el contrato de arrendamiento no tiene una forma prescrita por la ley, sí se rige por esta y es recomendable que en caso de ser el arrendador establezcas, como propietario, el pacto por escrito.

Además puedes certificar notarialmente la firma de las partes para garantizar la fecha del inicio del contrato.

Entre las obligaciones como arrendador se encuentra la de entregar el bien en el plazo, lugar y estado pactados.

Como arrendador, es conveniente que realices un inventario de los enseres de la vivienda y del estado en el que los recibe el inquilino.

Debes tener en cuenta que estás obligado a realizar todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, siempre y cuando la responsabilidad no sea imputable al inquilino.

Lo anterior es mucho más importante de lo que piensas, dado que en caso de no cumplirlo el inquilino podrá resolver el contrato si el arrendador no cumple con ello.

Cada mes, deberás entregar a tu inquilino un recibo de la mensualidad, salvo que pactes que el pago se realice mediante medios que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el arrendatario.

Y por último, dado que como arrendador percibes un beneficio económico deberás cumplir con tus obligaciones fiscales y tributarias.

¿Cuáles son los derechos del inquilino?

Volvamos nuevamente a la figura del inquilino y a la serie de derechos de los que goza y que te detallamos a continuación.

Ten en cuenta que la obligación del arrendador, es conocerlos y respetarlos:

  • El arrendatario puede negociar con el propietario el importe de la renta de alquiler y la duración del contrato. Con la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque firmes un contrato de alquiler de un año, el inquilino puede darlo por terminado a los seis meses de la firma. Eso sí, siempre tiene que avisar con una antelación mínima de 30 días.

  • Cuando una casa en alquiler se pone en venta, la persona que la alquila tiene derecho de adquisición preferente. Sin embargo, existe la opción de acordar en el contrato de alquiler la exclusión de esta norma.

  • El inquilino tiene derecho a solicitar las reparaciones necesarias para la conservación de la vivienda. No obstante, el arrendador no será responsable del deterioro derivado por el uso diario o el mal uso que haga el arrendatario de la casa.

  • Durante un plazo determinado, la obligación de pago del alquiler puede compensarse total o parcialmente si el arrendatario se compromete a reformar o rehabilitar el inmueble en los términos y condiciones que se acuerden.

  • Cuando deba procederse a una obra de conservación que no pueda esperar a que finalice el contrato, y en el caso de que dure más de veinte días, el inquilino tiene derecho a una disminución proporcional de la renta por la parte de la vivienda que no ha podido disfrutar.

  • Asimismo, el inquilino tiene derecho a denunciar al dueño si este accede a la vivienda sin permiso ya que estaría violando su privacidad.

  • En cuanto a la fianza, tendrá derecho a recuperar su cuantía íntegra siempre y cuando la vivienda se encuentre en buenas condiciones y no le queden pagos pendientes de abonar en concepto de alquiler.

  • Si el inquilino –o las personas que conviven con él– tienen una discapacidad o una edad superior a setenta años, siempre que lo notifique por escrito, podrá realizar las obras o actuaciones necesarias en el interior de la vivienda para que pueda ser utilizada de forma adecuada, atendiendo a criterios legales de accesibilidad.

Por su parte y si así lo solicita el arrendador, al finalizar el contrato el arrendatario deberá reponer la vivienda al estado anterior. De esto se deduce que el tipo de adaptaciones a realizar deben ser reversibles o siendo irreversibles, aceptadas por parte del propietario arrendador.

 Obligaciones del inquilino

Hasta aquí hemos analizado los derechos del arrendatario pero este también está sujeto a una serie de obligaciones.

Por ejemplo, ¿Qué pasa si el inquilino no paga?

¿Y si no cumple el contrato?

Como decíamos, el inquilino de la vivienda tiene obligaciones y si no las cumple, el arrendador puede exigir su cumplimiento o puede promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.

Las obligaciones del inquilino son las siguientes:

  • Debe cuidar del bien recibido y usarlo para el fin pactado.

  • Está obligado a pagar puntualmente la renta por el medio estipulado.

  • De la misma forma tiene que abonar puntualmente los suplidos y servicios contratados que deriven de su responsabilidad.

  • Es ineludible que el arrendatario avise a su casero lo antes posible de la necesidad de reparaciones y debe en todo momento facilitar la verificación directa al arrendador o al técnico que este designe para la reparación. En caso de emergencia y previa comunicación al arrendador, puede realizar las reparaciones que sean urgentes o le causen una incomodidad grave y exigir de inmediato su importe al propietario.

  • Debe efectuar las reparaciones que le correspondan por el uso y disfrute de la vivienda.

  • En todo momento, debe hacer un uso prudente del bien, respetando el orden público y la ley.

  • No debe realizar cambios ni modificaciones de la casa sin el consentimiento del arrendador.

  • Al finalizar el plazo del contrato, debe devolver el bien en el mismo estado en que lo recibió, sin más deterioro que el del uso ordinario.

 Ventajas del seguro de hogar en alquileres

Como has podido comprobar, alquilar un piso puede concluir en perjuicios y suponer pérdidas cuantiosas para el arrendador originados voluntaria o involuntariamente por parte del inquilino.

Teniendo en cuenta que la mayoría de los arrendamientos son de larga duración, si por ejemplo el inquilino no paga o realiza actos vandálicos, un seguro para inquilinos puede ser de gran ayuda.

Desde Reale Seguros somos conscientes de dichos problemas y por ello ofrecemos a nuestros clientes un seguro de hogar de alquiler completo y flexible pensado en  proporcionarles la seguridad que necesitan.

Además de las coberturas de daños y pérdidas debidas a la Responsabilidad Civil, a incendios, explosiones, daños por agua o eléctricos, robo y hurto en la vivienda, etc., incluimos un servicio de bricolaje “Manitas” del que se puede beneficiar el inquilino.

Asimismo, contamos con un equipo de profesionales focalizado en encontrar las mejores soluciones para ti. Contáctanos y nuestros expertos te asesorarán sin compromiso.