A pesar de que afortunadamente este no es un siniestro que se produzca de forma habitual, puede darse el caso de que te veas ante una pérdida de alimentos por causa eléctrica.
Ante esta situación, ¿está todo perdido? La respuesta es no.
Imagina que se produce una avería en la red y suministro eléctrico de tu barrio y que afecta a tu vivienda, o bien que tu nevera se estropea y deja de funcionar, o imagina que se produce un corte de luz en tu domicilio.
Pues bien, si cualquiera de estas averías se soluciona en 4 horas o menos, en principio tendrás que preocuparte pero no porque la calidad de los alimentos que tienes almacenados en el refrigerador se vean comprometidos.
Sin embargo, si el plazo de corte de suministro de luz se alarga porque la avería es de gran envergadura o si el técnico que viene a reparar tu electrodoméstico o la instalación de luz no puede personarse en tu domicilio con celeridad, entonces la cosa se complica y puede que tengas que tirar a la basura parte o todos los alimentos que guardabas en tu nevera.
Recuerda que la ingesta de alimentos que han sufrido un cambio importante en la cadena de frío puede ser motivo de intoxicación, por ello te aconsejamos estar bien informado sobre los lapsos de tiempo que se consideran críticos a la hora de volver a consumir alimentos que se han visto expuestos a estas situaciones.
Para ayudarte en este sentido, FoodSafety.gov -que es el portal de información sobre seguridad alimentaria de distintas agencias gubernamentales- comparte en su web este artículo con tablas de alimentos de consumo habitual y cómo proceder a su ingesta de forma segura en caso de apagón.
En este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber:
Coberturas por pérdida de alimentos por causa eléctrica
Ahora que ya te ha quedado claro que los productos refrigerados pueden durarte hasta 4 horas y que tu congelador -si está lleno- puede aguantar una temperatura segura para la comida de hasta 48 horas -24 horas si está medio lleno-, es momento de analizar las coberturas por daños o pérdidas de alimentos por causa eléctrica y que se recogen en las pólizas de las entidades aseguradoras.
Antes de eso, la buena noticia que podemos compartirte desde ya es que tu seguro de hogar incluye una cobertura por daños y pérdida de bienes refrigerados que afecta no solo a los alimentos sino también a otros elementos como las medicinas.
Pero, ¿Cuál es la garantía que cubre este epígrafe del seguro de tu vivienda?
Pues en concreto es la que se refiere a tu derecho como tomador a recibir una indemnización por la pérdida de los alimentos que tenías guardados tanto en el refrigerador como en el congelador y que, por el corte de suministro eléctrico o por la avería del electrodoméstico, han quedado inservibles para el consumo, ya sea por deterioro o por putrefacción.
Aunque ya te los venimos mencionando de forma sucinta, queremos contarte de forma un poco más extendida que los 3 motivos que pueden dar origen a este tipo de siniestros son los siguientes:
Avería general del suministro eléctrico: se produce un apagón que os afecta a ti y a otros usuarios más, dejándoos sin luz.
Avería eléctrica particular en el domicilio: se da un salto del diferencial que provoca un corte de luz que te afecta solo a ti.
Avería del frigorífico o del congelador: tu electrodoméstico tiene problemas en el motor, se rompe el termostato, hay una fuga de gas refrigerante, se produce una acumulación de hielo que provoca una obstrucción, etc.
Antes de proceder a la reclamación a tu entidad aseguradora te aconsejamos anticiparte y pedir un justificante a la empresa de suministro eléctrico donde se acredite que la pérdida de alimentos refrigerados que reclamas tiene su origen en un corte de electricidad ajeno al funcionamiento normal de tu refrigerador.
Si la reclamación tiene su origen en una avería del electrodoméstico, entonces es aconsejable que cuentes con una factura de la reparación que puedas acreditar ante tu seguro, de forma que este proceda a la tramitación sin más pérdida de tiempo para la indemnización que te corresponda.
Límites y exclusiones a las coberturas por pérdida de alimentos por causa eléctrica
Al igual que pasa con las condiciones de las pólizas de otros seguros, existen una serie de exclusiones y límites lógicos en los casos de pérdida de los alimentos refrigerados por causa eléctrica que cubren los seguros de hogar.
Así, si la avería se produce en tu electrodoméstico y este tiene una antigüedad de 10 años o más, el derecho a la indemnización quedará anulado. La razón es tan evidente como lógica, hay un coste por obsolescencia de tu frigorífico que no ha de ser soportado por la entidad aseguradora.
El coste de la reparación o sustitución del frigorífico por uno nuevo también queda fuera de las coberturas por pérdida de alimentos.
Por otro lado, la indemnización tampoco se aplicará si el deterioro de los alimentos se ha producido por un fallo en el suministro eléctrico, ya sea este por un corte generalizado o por un salto del diferencial de tu instalación eléctrica, y en total la falta de abastecimiento de luz no ha superado un tiempo mínimo establecido.
Tampoco será de aplicación la indemnización si el informe técnico del perito muestra fallas en la instalación de electricidad de la vivienda. Recuerda que el seguro solo cubre instalaciones que están en condiciones óptimas de funcionamiento y en vigor.
Es práctica habitual por parte de las entidades aseguradoras establecer unos límites económicos de cobertura para garantizar el valor de los alimentos refrigerados.
Te aconsejamos que o bien lo preguntes antes de firmar la póliza con la aseguradora o que consultes esta cifra si ya has firmado el contrato y vas a presentar una reclamación. De este modo, sabrás de antemano si el valor de los alimentos que se han perdido va a ser cubierto en su totalidad o solo parcialmente.
En el caso de Reale Seguros las opciones disponibles a la hora de firmar la póliza en materia de aseguramiento de alimentos refrigerados son: 300 €, 600 €, 900 €, 1.800 € o 3.600 €.
Por último, si los alimentos están ubicados en el congelador o refrigerador de una vivienda no habitual, esto es, que se usa de forma temporal (segunda residencia), la pérdida o deterioro de los mismos no quedará cubierta por tu seguro de hogar.
Consejos y comentarios sobre conservación de alimentos en caso de fallo eléctrico
Supongamos que se ha producido el corte o avería eléctrica que afecta a tu frigorífico y a los alimentos que tienes almacenados en él y no sabes cuánto tiempo vas a estar sin luz.
Pues bien, el primer consejo es muy obvio, no abras la puerta del refrigerador ni del congelador o hazlo las mínimas veces que sea posible.
Piensa que cada vez que abres la puerta se escapa el frío acumulado en el interior del electrodoméstico con el consiguiente efecto negativo para los alimentos almacenados.
El hecho de evitar abrir innecesariamente la nevera puede traducirse en un mayor tiempo en buen estado de los alimentos y al revés, cuantas más veces abras y cierres la puerta del frigorífico o del congelador mayor riesgo de que los alimentos se deterioren antes estás corriendo.
Tras sufrir un corte de luz o una avería y si el tiempo transcurrido no ha sido excesivo, puede que no sea necesario que tires los alimentos que almacenabas.
De hecho, puedes volver a congelar comida de forma segura si esta aún muestra cristales de hielo o no está completamente descongelada. Eso sí, cuanto más descongelada esté, más comprometida estará la calidad de la comida afectada.
¿Necesitas contratar un seguro de hogar o quieres mejorar las condiciones que tienes actualmente? Ponte en contacto con nosotros y te prepararemos una oferta personalizada que recoja las mejores condiciones en tu caso.