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Seguros obligatorios para autónomos: ¿qué debes saber?

06 Ago 21

Contratar tus seguros obligatorios para autónomos depende no solo de que seas un trabajador por cuenta propia, sino también de la actividad realizada.

La razón se antoja lógica si lo piensas un momento. No todas las actividades profesionales por cuenta propia implican el mismo nivel y número de riesgos, por lo que lo recomendable es que te cubras en función de los riesgos que asumes con tu negocio.

En ocasiones, incluso es conveniente contratar pólizas de seguros para autónomos que te protejan ante algunos siniestros aunque su contratación no sea obligatoria.

¿Cómo saber cuáles son los seguros obligatorios para autónomos?

A la hora de determinar tu obligatoriedad de contratar un seguro para autónomos has de prestar atención a tres aspectos fundamentales:

  1. Si tienes o no asalariados.

  2. Si desarrollas tu actividad en un local comercial.

  3. Si necesitas o no de un vehículo para gestionar tu negocio o realizar tu actividad profesional.

A partir de aquí, llegamos a que los seguros obligatorios para autónomos son cuatro:

  1. Seguro de responsabilidad civil.

  2. Seguro multirriesgos.

  3. Seguro de convenio.

  4. Seguro de vehículos.

Vamos a ver a detalle qué implica cada uno de ellos.

Seguro de responsabilidad civil

El seguro de responsabilidad civil para autónomos cubre los potenciales daños civiles que pueda provocar o producirse en un negocio.

Con este seguro se busca dar cobertura a posibles incidencias cometidas por el propio profesional autónomo o por el personal a su cargo.

Cuando el negocio se realiza en un establecimiento de cara al público o por profesionales con trato directo con terceras personas (médicos, abogados, arquitectos, técnicos instaladores de suministros, etcétera) será obligatoria la contratación de este tipo de seguros.

Además, para obtener la licencia de apertura de un local, el profesional por cuenta propia deberá contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil en vigor.

Hay actividades de profesionales autónomos para las cuales este seguro no es obligatorio, el caso más evidente es el de los profesionales que trabajan desde casa y no desarrollan sus actividades en locales comerciales.

Sin embargo, incluso en estos casos, es altamente recomendable su contratación, dado que cualquier contingencia producida en sus negocios puede suponer un elevado desembolso económico en caso de siniestro.

El supuesto más común de esto son las consecuencias a las que se puede enfrentar un autónomo por incumplimiento de contrato ya sea por ejecución incorrecta, retrasos en los plazos acordados de entrega o finalización de los trabajos, etcétera.

Seguro multirriesgos

El seguro multirriesgos tiene como objetivo dar cobertura al local donde se desarrolla la actividad laboral.

Las protecciones contra incendios, robos o daños en las mercancías suelen ser las más habituales en este tipo de seguros.

En los casos de locales arrendados, es frecuente que el propietario señale como obligatorios algunos seguros en el propio contrato de alquiler.

Seguro de convenio

El seguro de convenio es de carácter obligatorio para los profesionales autónomos con personal contratado a su cargo y viene marcado por el convenio colectivo.

El capital a asegurar variará dependiendo del sector y el colectivo de trabajadores asegurados.

Esta obligatoriedad es lógica para garantizar una respuesta adecuada en forma de indemnización en caso de accidente, fallecimiento o incapacidad de alguno de los asalariados.

No contratar un seguro de convenio se interpreta como incumplimiento de las obligaciones de la empresa con los trabajadores y, por tanto, como una falta muy grave.

 Seguro de vehículos

El seguro de vehículos se establece como un seguro obligatorio para autónomos en aquellos casos en que el uso de coche es imprescindible para poder llevar a cabo la actividad.

Dicha actividad abarca no solo el transporte y reparto de mercancías, sino también los traslados y las gestiones propias del negocio.

 ¿Son deducibles los gastos de los seguros obligatorios para autónomos?

Una de las preguntas más frecuentes entre los autónomos y relacionada con los seguros es: “¿Me puedo desgravar el gasto de los seguros obligatorios contratados como autónomo?”. La respuesta es sí pero con matices.

El seguro de responsabilidad civil para autónomos tiene carácter de gasto íntegramente deducible en la declaración anual del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) siempre y cuando las coberturas de la póliza recojan potenciales incidencias ligadas al desarrollo de la actividad económica del asegurado.

El seguro multirriesgo para autónomos podrá considerarse como gasto deducible tanto si el local donde se desarrolla la actividad es en propiedad o en alquiler. Asimismo, la desgravación es independiente de si la póliza da cobertura solo al continente o si también incluye el contenido.

El seguro de vehículos de autónomos solamente será deducible si está completamente vinculado a la actividad económica del profesional por cuenta propia, es parte de su patrimonio empresarial y no se encuentra registrado como patrimonio particular.

Si compartes el vehículo y lo usas también para cuestiones personales no podrás beneficiarte de la deducción en este seguro. De hecho, para desgravarte -sin problemas- el gasto del seguro de vehículo, como autónomo deberás demostrar fehacientemente el uso exclusivamente profesional del mismo.

¿Tienes alguna pregunta que quieras aclarar? No dudes en contactarnos si quieres dar respuesta a cualquier duda sobre este tema. Y si quieres buscar tu agencia Reale Seguros más cercana solo tienes que pinchar en el enlace.