El seguro de hogar para inquilinos

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Publicado el 11/02/2026

El seguro de hogar para inquilinos

¿El seguro de hogar para inquilinos es obligatorio? Si tu casero tiene asegurada la vivienda, ¿a quién cubriría el seguro de hogar y qué te cubriría en caso de un imprevisto?, ¿es obligatorio legalmente tener un seguro de hogar si vives en un piso de alquiler?

Estas son algunas de las dudas habituales al alquilar una vivienda y que es preciso responder para que estés preparado ante imprevistos.

Aunque la ley no obliga al inquilino a tener un seguro de hogar, contratarlo es una decisión muy recomendable para proteger tus bienes y tu responsabilidad ante terceros.

Si estás pensando en alquilar una vivienda o si ya eres inquilino, a continuación vas a encontrar respuestas que te van a ayudar a evitar muchos quebraderos de cabeza.

Protección del continente: ¿cuándo es necesario contratarla?

El continente engloba los elementos estructurales y de construcción de la vivienda: las paredes, los suelos, los techos de la vivienda, las tuberías, la instalación eléctrica. Todos aquellos elementos que conforman el espacio destinado a vivir en él.

Por la propia definición de lo que es el continente, su protección tendrá mayor interés para el casero, ya que será a quien le interese que su propiedad se mantenga en las mejores condiciones.

De hecho, de acuerdo a la normativa vigente, el arrendador debe asegurar unas correctas condiciones de habitabilidad en la vivienda que alquila.

Hay situaciones en las que también es interesante para el inquilino proteger parte del continente. Te las detallamos a continuación.

Cuando realizas mejoras y reparaciones de la vivienda alquilada

En los contratos de arrendamiento de larga duración algunos inquilinos, para su comodidad, suelen realizar reformas en la vivienda.

En estos casos, aunque el casero tenga asegurado el continente, la parte reformada no quedará protegida por el seguro del propietario, salvo que decida declararlas expresamente a petición del inquilino y, además, este decida pagar la parte adicional de prima.

La otra forma de asegurar estas mejoras es que el inquilino decida hacerlo por su cuenta y protegerse ante un incendio o una inundación y recuperar así la inversión realizada.

Si el propietario de la vivienda no cuenta con un seguro de hogar

También es interesante en los casos en los que el propietario de la vivienda  no cuente con un seguro de hogar.

En aquellos casos en los que hemos hecho del piso alquilado nuestro hogar, podemos decidir correr con los gastos de reparación de incendios o inundaciones para que las reparaciones se realicen lo antes posible y así reanudar nuestro día a día lo antes posible.

¿Cómo puedes proteger el contenido si alquilas una vivienda?

El contenido incluye las joyas, los electrodomésticos, el mobiliario, los libros, la ropa y, en general, todos aquellos elementos que se encuentran en el interior de una vivienda.

Todos estos efectos personales pueden ser interesantes de cubrir para ambas partes, ya que si tu casero ha alquilado la vivienda amueblada tiene un interés claro en proteger sus pertenencias, pero también tú como inquilino necesitas proteger tus bienes.

En cualquier caso, el seguro de hogar del arrendador solo cubrirá sus pertenencias y, como inquilino, debes de contratar un seguro aparte si quieres asegurar tus objetos de valor frente a imprevistos.

Ten en cuenta que los seguros de hogar solo cubren al tomador del seguro por lo que, aunque el arrendador tenga un seguro de hogar contratado, este solo cubrirá el contenido que haya en el interior de la vivienda y que sea de su propiedad.

Si eres inquilino, desde Reale te recomendamos contratar un seguro que pueda cubrir todas tus propiedades frente a un robo o una situación imprevista.

¿La cobertura de responsabilidad civil del inquilino es obligatoria?

No, el seguro de responsabilidad civil para inquilinos no es obligatorio por ley en España. Ni la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ni el Código Civil lo exigen.

Ahora bien, en el artículo 21 de la LAU sí se especifica que el inquilino está obligado a responder de los daños que cause por su culpa o negligencia.

Además, si en el contrato de alquiler se especifica como condición, y el inquilino lo acepta, sí debe contratar ese tipo de coberturas.

Además de proteger el contenido y el continente, los seguros de hogar también nos ofrecen protección por los daños que podamos ocasionar frente a terceros, ya sea como propietarios o como inquilinos, como consecuencia de nuestras acciones, por deterioro o desperfectos en la vivienda.

A tenor de lo comentado, el seguro de hogar es interesante para el arrendador, pero también lo es para el arrendatario.

Piensa que, al ser la persona que vive en la vivienda, por acción u omisión puedes generar daños en tu casa o en la de terceros. Esto puede suceder por cortocircuito de algún electrodoméstico, una inundación como consecuencia de que hayas dejado un grifo abierto, o daños producidos por un incendio en tu cocina.

¿Cuándo es imposible que el inquilino contrate un seguro de hogar?

Cuando el alquiler no se formaliza mediante un contrato escrito, el inquilino va a verse ante la imposibilidad de contratar un seguro.

Esto es así porque las compañías aseguradoras exigen la presentación del contrato de arrendamiento como requisito indispensable para emitir la póliza.

Diferencias entre el seguro del propietario y el seguro del inquilino

Antes de concluir, nos gustaría detenernos en las diferencias principales habituales entre el seguro del propietario y el del inquilino.

El seguro que suele contratar un casero protege principalmente el continente y, en algunos casos, sus propios muebles y electrodomésticos si los deja dentro de la vivienda alquilada.

En cambio, el seguro que suele contratar un inquilino se enfoca principalmente en su contenido y la responsabilidad civil frente a terceros. Estas coberturas suelen incluir sus propios electrodomésticos, ropa, muebles y objetos de valor, y los daños que puedan originarse accidentalmente y afectar a otros vecinos o a la comunidad. 

Bonus: checklist rápida antes de contratar un seguro de hogar como arrendatario

Por último, presta atención a los siguientes puntos que es recomendable que valores antes de contratar un seguro para tu casa alquilada:

  • Pregunta a tu casero si tiene un seguro y cuáles son sus coberturas.
  • Determina el valor real de tus bienes para contratar la cobertura de continente que necesites.
  • Incluye una responsabilidad civil suficiente.
  • Protege las reformas o mejoras propias que hayas realizado en la vivienda.
  • Compara precios y coberturas antes de decidirte por un seguro.

En toda circunstancia, contar con una cobertura profesional con un seguro de hogar frente a estos imprevistos, como los que te ofrecemos en Reale Seguros, te evitará tener que hacer desembolsos grandes para reparar los daños que puedas haber causado.

Si necesitas ampliar la información sobre nuestro seguro de hogar para viviendas principales, propias o alquiladas, puedes contactar con nuestros agentes sin compromiso.