Juntos día a día UN BLOG DE REALE SEGUROS

¿Cómo facturar sin ser autónomo? Guía de opciones

13 Sep 22

Si eres un profesional por cuenta propia en alguna ocasión te has podido ver casi obligado a plantearte cómo facturar sin ser autónomo, entre otras razones porque la cuota mínima a pagar por la prestación de tus servicios –cuota de autónomos– resulta bastante elevada cuando tienes pocos ingresos o porque tienes una facturación intermitente.

En otros casos, puedes haber tenido la necesidad de hacer una factura puntual para cobrar una comisión o no llegar a una facturación equivalente al Salario Mínimo Interprofesional –SMI–.

Ante estas situaciones, ¿es legal no darte de alta en autónomos? Para dar respuesta a esta pregunta compartimos contigo una guía de opciones para facturar sin ser autónomo que debes conocer.

¿Puedes hacer una factura sin ser autónomo?

Tanto si eres trabajador por cuenta ajena y necesitas facturar un trabajo o un servicio, como si eres trabajador por cuenta propia, existe toda una casuística que vamos a abordar para responder a esta pregunta.

La recomendación de los expertos es que solo se puede facturar sin ser autónomo si vas a hacer una factura puntual. Esto es, una vez al año o incluso una vez cada dos o más años.

Esto puede ocurrir en el marco de una conferencia, un servicio preciso o si vas a percibir una comisión por una actividad no habitual. Para hacer esa factura debes seguir estos 3 pasos:

  1. Darte de alta en Hacienda con el modelo 036 o 037. Es un trámite gratuito.

  2. Cumplir con el resto de obligaciones fiscales como presentar el resumen trimestral –modelo 303– y el anual –modelo 390– para liquidar el IVA. Por otro lado, en el caso del IRPF –Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas–, tienes que presentar el modelo trimestral 130 y si tu actividad lo requiere debes aplicar la retención de IRPF correspondiente en la propia factura.

  3. Darte de baja en Hacienda a través del mismo modelo que empleaste para el alta en cuanto cumplas con tus obligaciones fiscales.

Es importante que tengas en cuenta que si haces una factura a una empresa y no la declaras, la empresa sí se la desgrava por lo que la comunicación con Hacienda es directa, la notifiques tú o no.

Si no lo haces, las sanciones por parte de Hacienda pueden suponer entre 300 € y 3.000 €, además de un recargo con efecto retroactivo del 20 % de las cuotas de autónomos no declaradas mientras realizabas la actividad.

 ¿Cómo facturar sin ser autónomo?

Algunas personas piensan que si su facturación no llega al SMI no están obligadas a darse de alta como autónomos, pero eso no es así con la ley en la mano.

Toda persona con una actividad recurrente debe estar dada de alta en el régimen de autónomo en el epígrafe que le corresponda. Explicado esto, queremos entrar en detalle en 3 contextos que generan muchas dudas en cuanto a si puedes o no hacer facturas sin ser autónomo.

 Facturar a través de una cooperativa

La cooperativa es una entidad que se encarga de facturar por ti y te da de alta en la Seguridad Social por días o semanas, lo que corresponda.

Los perfiles a los que da cobertura este medio para facturar suelen ser profesionales específicos que trabajan en proyectos puntuales como fotógrafos, artesanos, pintores, etc.

En una cooperativa no pagas una cuota mensual de manera fija como ocurre con la cuota de autónomos, aunque debes afrontar los gastos siguientes:

  • La cuota de Seguridad Social de los días trabajados.

  • El IRPF de cada factura.

  • El precio de inscripción de la cooperativa.

  • Una mensualidad si la cooperativa trabaja bajo ese modelo.

El gran inconveniente de esta forma de facturar es que no cotizas prácticamente en la Seguridad Social de cara a la jubilación, además del riesgo que implica.

Ten presente que recurrir a un tercero para facturar es considerado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en muchos casos como una actividad con finalidad defraudatoria.

En algunas circunstancias se ha procedido incluso a la disolución de la cooperativa y a la inspección de la actividad de los profesionales adscritos.

 Facturar sin ser autónomo si no llegas al SMI

El Real Decreto 152/2022 fija el SMI, para cualquier tipo de actividad y sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, en 33,33 € al día o 1.000 € al mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

Esta cantidad se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad, y no incluye, en el caso del salario diario, la parte proporcional de los domingos y festivos.

Aclarado este punto y para responder a si puedes facturar sin darte de alta en autónomos si no llegas al SMI, queremos recordarte que una de las condiciones fundamentales que te obligan a darte de alta en autónomos es la habitualidad, tal y como expone el Estatuto del Trabajo Autónomo.

Es cierto que ni la Seguridad Social ni el Estatuto citado definen el concepto de habitualidad. Esta indeterminación jurídica ha propiciado que algunos autónomos hayan llegado a los tribunales para defender su postura de no darse de alta por no llegar al salario mínimo. En varias sentencias a su favor, se ha estimado que superar el umbral del SMI define el criterio de habitualidad.

Eso sí, si te ciñes a esto, debes ser consciente del riesgo que existe y de que la Administración y la Inspección de Trabajo pueden sancionarte.

 Facturar sin ser autónomo si eres trabajador por cuenta ajena

En el caso de que estés trabajando como asalariado en una empresa puedes emitir una factura sin ser autónomo siempre que se trate de una operación no habitual.

Este hecho no exime bajo ningún concepto del resto de obligaciones fiscales como el alta en Hacienda, la declaración del IVA e IRPF de acuerdo con los modelos específicos del calendario fiscal.

Existe el rumor de que puedes facturar sin ser autónomo hasta 3.000 €, e incluso que tampoco necesitas darte de alta en Hacienda si no superas esa cantidad. Esto no es así y debes tener mucho cuidado. El origen de esta creencia se encuentra probablemente en el modelo anual 347.

Si el importe de tu factura supera los 3.005,06 €, tanto la empresa como tú estáis obligados a presentar el modelo 347, ni qué decir tiene que el importe informado por ambas partes debe cuadrar a la perfección. Pero la presentación de este modelo no reemplaza el resto de tus responsabilidades fiscales.

 ¿Cuándo no puedes facturar sin ser autónomo?

La Ley, como ya hemos abordado, dictamina que las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo deben darse de alta en el RETA –Régimen Especial de Trabajadores Autónomos–. Incluso si esta actividad por cuenta propia se lleva a cabo a tiempo parcial.

Si alguno de los anteriores es tu caso, debes darte de alta para poder facturar.

Existen otros colectivos que no pueden facturar sin ser autónomos y son poco conocidos:

  • Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.

  • Los comuneros de las comunidades de bienes y los socios de sociedades civiles irregulares. A menos que su rol se limite a la mera administración de los bienes puestos en común.

  • Los administradores o consejeros que ejerzan las funciones de dirección y gerencia, o que presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista en los términos plasmados en la Ley general de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994.

  • El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente –TRADE– según lo estipulado en el capítulo III del Estatuto del Trabajador Autónomo.

La obligatoriedad de darse de alta en el RETA aplica también a los trabajadores autónomos extranjeros que reúnan los requisitos previstos en la Ley Orgánica 4/2000.

Por último, queremos apuntar que a través del Real Decreto-ley 13/2022 se ha establecido un nuevo sistema de cotización en el año 2022 para los trabajadores por cuenta propia o autónomos que debes conocer para analizar la viabilidad de tu proyecto.

Si bien es cierto que solo tú sabes qué estrategia te conviene en tu trayectoria profesional, contar con el asesoramiento de un experto que te pueda guiar en el proceso puede ser recomendable.

Si finalmente, decides emprender, en Reale Seguros sabemos qué coberturas necesitas para desarrollar tu actividad. Descubre nuestros seguros para empresas, pyme y autónomos: son flexibles, adaptables, escalables y de confianza.