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29 Sep 2025

Incremento Patrimonial

El incremento patrimonial es una ganancia obtenida por la venta de bienes, herencias o indemnizaciones. Tributa en el IRPF, aunque hay exenciones.

¿Qué es el incremento patrimonial?

El incremento patrimonial es un aumento en el patrimonio de una persona física o jurídica por alteración en la composición de ese patrimonio que se rige por la Ley 35/2006 del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Los motivos que pueden dar lugar a este incremento son variados, por ejemplo, la venta de un bien, la percepción de una indemnización o la obtención de derechos económicos.

¿Cuándo se considera que hay incremento patrimonial?

Se entiende que se produce un incremento cuando la persona obtiene una ganancia. Los contextos más comunes suelen ser:

  • Transmisión onerosa, como la venta de una vivienda.
  • Transmisión lucrativa, como una donación.
  • Justiprecio por una expropiación forzosa.
  • Indemnización por seguros.
  • Recepción de ayudas públicas no exentas.

¿Cuándo una entrada de dinero no se considera incremento patrimonial?

Si no se produce una alteración patrimonial con efectos económicos reales, no se considera incremento.

Por ejemplo, si nos centramos en los seguros, una indemnización del seguro de hogar por un daño menor no suele alterar el patrimonio global, pero una compensación por siniestro total sí podría considerarse incremento de patrimonio.

En cualquier caso, el incremento o no del patrimonio debe valorarse con base en criterios objetivos.

¿Cómo se calcula el incremento patrimonial?

El cálculo del incremento patrimonial queda recogido en el artículo 34.1 de la Ley de IRPF y se traduce por la siguiente fórmula:

Incremento patrimonial = Valor de transmisión – Valor de adquisición – Gastos deducibles

En ella:

  • El valor de transmisión es el importe que se obtiene por la venta o compensación, pero restando los gastos asociados como honorarios de notaría, comisiones de agencia inmobiliaria si se ha recurrido a ella o de otra naturaleza, o impuestos.
  • El valor de adquisición es el precio original del bien, sumando todos los gastos como reformas realizadas en la vivienda que se adquiere, tributos satisfechos por la compra como el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP), o costes notariales iniciales.

Por ejemplo, pongamos que en su momento compraste una vivienda por 150 000 € y ahora la vendes por 200 000 €. Realizaste mejoras en ella por valor de 15 000 €. El importe que va a formar parte de la base del  ahorro y va a tributar de acuerdo con los tramos del IRPF establecidos es de: 200 000 – 150 000 – 15 000 = 35 000 €.

¿Cuánto se paga a Hacienda por un incremento patrimonial?

La tributación por incremento patrimonial queda estipulada por los tramos de IRPF, que son, a fecha de redacción de este artículo, los siguientes:

  • Hasta 6 000 € = 19 %.
  • De 6 001 € a 50 000 € = 21 %.
  • De 50 001 € a 200 000 € = 23 %.
  • De 200 001 € a 300 000 € = 27 %.
  • Más de 300 000 € = 28 %.

¿Cómo tributan por incremento patrimonial los contribuyentes no residentes en España?

En el caso de las personas que no residan en España, la ganancia patrimonial por la compraventa de inmuebles tributa a través del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR), supeditado a consideraciones distintas a las del régimen general del IRPF.

Exenciones del incremento patrimonial: ¿Cómo funcionan?

La normativa del IRPF, mediante la Ley 35/2006, contempla escenarios para reducir, e incluso, eliminar la tributación derivada de un incremento patrimonial.

Exención por reinversión en vivienda habitual

Cuando el importe total obtenido por la venta de la vivienda habitual se reinvierte en la compra de otra vivienda habitual antes de que transcurran 2 años desde la venta.

En el caso de que inviertas únicamente una parte del importe obtenido por la venta de una vivienda, la exención solo se aplica al importe reinvertido, teniendo que tributar por el resto.

Exención por edad

Las personas mayores de 65 años quedan exentas de tributar por la ganancia obtenida con la venta de su vivienda habitual.

Exención por pacto de dación en pago

Se trata de una exención que aplica a las viviendas que se entregan al banco para cancelar la deuda hipotecaria sobre esa misma vivienda, en virtud del artículo 33.4.d de la Ley de IRPF, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.

Compensación por pérdidas

En el caso de que se hayan obtenido pérdidas en ejercicios anteriores, pueden compensarse con ganancias, pero hasta ciertos límites.

¿Qué relación tiene el incremento patrimonial con los seguros?

En el ámbito de los seguros, el incremento patrimonial puede producirse si el asegurado recibe una indemnización que supere su valor contable.

Esto puede ocurrir en los siniestros totales o en los seguros con componente de ahorro.

Puede ocurrir, como en el caso de fallecimiento del asegurado que tiene contratado un seguro de vida, que el capital asegurado que recibe el beneficiario no tribute en el IRPF, pero sí en otro concepto como el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD).

Es preciso señalar que muchas indemnizaciones están exentas de tributación, por lo que resulta necesario analizar cada caso.