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Seguro funerario: qué es y cómo saber qué cubre

26 Dic 22

Un seguro funerario cubre los gastos del sepelio, la asistencia a familiares y la tramitación de los certificados y documentación necesaria para que los allegados no tengan que ocuparse de nada en esos momentos tan dramáticos.

Este tipo de seguro también es una manera de cerciorarte de que se cumplan tus últimas voluntades y de que tus familiares no tengan que afrontar los gastos funerarios que pueden traducirse en miles de euros. Asimismo, puedes contratar el borrado digital.

¿Qué es el seguro funerario?

Un seguro funerario es una póliza que garantiza el pago de algunos servicios relacionados con el fallecimiento de una persona, así como la tramitación de la documentación y certificados necesarios para su sepelio. También se conoce como seguro de decesos.

Cuando hablamos de trámites nos referimos al certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, la baja del libro de familia, etc.

Gracias a contar con este tipo de seguro de asistencia funeraria, evitas que tus familiares tengan que encargarse de las gestiones en momentos tan complicados y les liberas de asumir las consecuencias económicas de tu entierro.

Debes saber que si no cuentas con un seguro funerario deberán afrontar el gasto de tu sepelio que puede oscilar entre 3.000 € y 5.000€, dependiendo de cada Comunidad Autónoma (CC. AA.).

¿Qué cubre un seguro funerario?

Según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios –OCU–, las tres cuartas partes de los entierros se tramitan a través de un seguro funerario. Estas soluciones garantizan que la organización del funeral se lleve a cabo respetando las últimas voluntades del fallecido.

Si deseas saber qué cubre un seguro funerario, desde Reale Seguros te recomendamos solicitar las condiciones generales antes de contratarlo, de forma que tengas claro previamente cuáles son tus derechos y obligaciones.

En todo caso, las coberturas que puedes contratar son generalmente las que te detallamos en los siguientes apartados, aunque pueden ser ampliadas.

Gastos de sepelio

Los gastos de sepelio son cuantiosos, ya que incluyen todos los servicios ligados a la asistencia funeraria:

  • Los servicios del tanatorio, incluidas las flores y el servicio religioso.

  • El féretro o la urna –en caso de que el asegurado haya elegido la incineración–.

  • El coche fúnebre.

  • Los servicios del cementerio y la lápida.

  • Las esquelas.

Tienes la opción de contratar coberturas de servicios complementarios como el asesoramiento telefónico a los familiares sobre la fiscalidad de la sucesión y el testamento, e incluso la asistencia psicológica para los que la necesiten.

 Asistencia a los familiares de la persona fallecida

El seguro funerario ofrece un servicio de asistencia a los familiares que incluye el coche de acompañamiento, el servicio de catering en el tanatorio o el reembolso de los gastos de comida.

 Asistencia en viaje

En lo que respecta a la asistencia en viaje, un seguro de decesos puede incluir el traslado del fallecido de un punto a otro de España e igualmente la repatriación del cuerpo desde cualquier lugar a España.

 Tramitación de certificados y documentación

Además de todos los certificados que pueden ser necesarios para el sepelio, es posible que se soliciten otros documentos como partidas de nacimiento, su solicitud puede estar cubierta igualmente por este tipo de pólizas.

 ¿Cómo saber si una persona tiene seguro funerario?

El método para conocer si la persona fallecida contaba con un seguro funerario es el de solicitar el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento en la web del Ministerio de Justicia, documento que acredita las pólizas a nombre del difunto.

Puede pedirlo presencialmente o por correo cualquier persona que cuente con la documentación requerida y que abone la tasa correspondiente al modelo 790 por la gestión.

Toma en consideración que no se emiten los certificados de:

  • Seguros relacionados con pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios regulados por el Real Decreto 1588/1999.

  • Seguros que, en el caso de que el fallecido sea el asegurado, coincidan el tomador y el beneficiario.

  • Contratos suscritos por mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial, mutualidades de profesionales colegiados y mutualidades cuyo objeto exclusivo sea otorgar prestaciones o subsidios de docencia o educación.

 ¿Quién paga el entierro de los fallecidos que no tienen dinero?

En el caso de que una persona no tenga previsto cubrir los gastos de su sepelio a través de un seguro o dejando una cantidad económica prevista para tal fin, la familia puede hacerse cargo de ello.

Si no hay nadie en disposición de afrontar ese gasto, los servicios sociales u otros organismos pueden asumir el coste de los servicios funerarios. Si bien es cierto que es posible que estos servicios públicos soliciten posteriormente el importe correspondiente a los herederos del fallecido.

Otra opción es que el fallecido antes de su muerte haya expresado su voluntad de donar su cuerpo a la ciencia. Para ello, por regla general –aunque depende de cada CC. AA. –, el interesado ha tenido que solicitar en vida un carné de donante en el departamento de anatomía de alguna Facultad de Medicina.

Posteriormente, los familiares deben comunicarlo a estas facultades cuando la persona fallezca.

En Reale Seguro contamos con un seguro de decesos con amplias coberturas que puedes completar con soluciones como el Pack Legal Total que incluye el borrado digital de la persona.

Si necesitas ampliar la información, contáctanos.